{"ley":{"id":"quintana-roo/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Quintana Roo","abreviatura":"CPQROO","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo","jurisdiccion":"quintana-roo","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-10-14","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo","fuente":"H. Congreso del Estado de Quintana Roo — Códigos Estatales","fuente_url":"https://www.congresoqroo.gob.mx/codigos/6","archivo_url":"https://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C6-XVIII-14102026-20261016T150309-C1820261014261-C%C3%B3digo-Penal.pdf","sha256":"ad61830b175c00008473ee659f090c194c7fcd4bd28c886033eb124e4fff6c89","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado POE 19-07-2017', 'Denominación reformada POE …') no se asignan a ningún artículo.","1 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '176.-') se leen como uno.","5 rótulos de artículo impresos sin línea en blanco antes (bajo un encabezado o una nota) abren su propio párrafo.","4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (versión vigente de la línea de tiempo de reformas); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Página N de M»).","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado POE 23-06-2016') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"253","clave":"253","slug":"253","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TITULO OCTAVO. Delito de Abuso de Autoridad","CAPITULO II. Abuso de Autoridad"],"texto":"Se impondrá de seis meses a tres años de prisión y destitución de su empleo, cargo o comisión al servidor público que en desempeño de sus funciones:\n\nI.- Impida la ejecución de una Ley, Decreto o Reglamento, el cobro de un impuesto o el incumplimiento de una resolución judicial, pidiendo para ello el auxilio de la fuerza pública y empleándola para tal objeto.\n\nII.- Ejecute cualquier acto que constituya una extralimitación de las funciones o actividades que les estén encomendadas por la Ley que norma su competencia o violen cualquiera de los preceptos imperativos de la misma Ley, siempre que en uno u otro caso se cause en perjuicio o daño de cualquier especie a un tercero.\n\nIII.- Imponga limitaciones, a la libertad del trabajo, que estén autorizadas por el Artículo 5° de la Constitución General de la República.\n\nIV.- Obligue a un individuo o grupo de individuos a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin pleno consentimiento, fuera de los casos autorizados por el Artículo Quinto, de la Constitución General de la República.\n\nV.- Coarte la libertad de imprenta garantizada por el Artículo Séptimo Constitucional, cualquiera que sea el medio o procedimiento a que se recurra para impedir el ejercicio de ese derecho o para obstaculizar la libre circulación o distribución de prensa periódica.\n\nVI.- Establezca limitaciones al derecho de asociación y reunión garantizado por la Constitución General de la República y Constitución Política del Estado, sea prohibiendo determinada asociación o reunión, bien imponiéndola como obligatoria.\n\nVII.- Ordene la aprehensión de un individuo por delito que no amerite pena corporal.\n\nVIII.- Derogado.\n\nFracción derogada POE 17-10-2018\n\nIX.- Prolongue la prisión preventiva por más tiempo del que como máximo fija la Ley al delito que motivare el proceso.\n\nX.- Prolongue la prisión o detención de un individuo por falta de pago de honorarios de defensores, por cualquier prestación de dinero, por causa de responsabilidad civil, de reparación de daño o algún otro motivo análogo.\n\nXI.- Imponga al infractor de los Reglamentos Gubernativos o de Policía, un arresto por más de treinta y seis horas o conmute la falta de pago de la multa que le hubiere impuesto por una detención mayor de quince días.\n\nXII.- Imponga al jornalero u obrero que infringiere los reglamentos Gubernativos o de Policía, una multa mayor del importe de su jornal o sueldo en una semana.\n\nXIII.- Ejerza violencia sin causa justificada, en el ejercicio de sus funciones o en el desempeño de su cargo a cualquier persona que intervenga en alguna diligencia.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-253/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-253.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"252","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-252/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"425","epigrafe":"Delitos contra la gestión ambiental cometidos por servidores públicos","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-425/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"387","epigrafe":"Desacato de servidor público","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-387/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"461","epigrafe":"Usurpación de funciones públicas","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-461/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"287","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-287/"}]}},"cita":"Artículo 253, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-253/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}