{"ley":{"id":"quintana-roo/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Quintana Roo","abreviatura":"CPQROO","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo","jurisdiccion":"quintana-roo","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-10-14","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo","fuente":"H. Congreso del Estado de Quintana Roo — Códigos Estatales","fuente_url":"https://www.congresoqroo.gob.mx/codigos/6","archivo_url":"https://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C6-XVIII-14102026-20261016T150309-C1820261014261-C%C3%B3digo-Penal.pdf","sha256":"ad61830b175c00008473ee659f090c194c7fcd4bd28c886033eb124e4fff6c89","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado POE 19-07-2017', 'Denominación reformada POE …') no se asignan a ningún artículo.","1 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '176.-') se leen como uno.","5 rótulos de artículo impresos sin línea en blanco antes (bajo un encabezado o una nota) abren su propio párrafo.","4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (versión vigente de la línea de tiempo de reformas); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Página N de M»).","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado POE 23-06-2016') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"58","clave":"58","slug":"58","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO","TITULO CUARTO. Aplicaciones de Penas y Medidas de Seguridad","CAPITULO VI. Punibilidad de la Tentativa y del Delito Imposible Numeración recorrida (antes V) POE 19-07-2017"],"texto":"La pena o medida de seguridad en caso de tentativa será de hasta las dos terceras partes de la que correspondería si el delito que el agente quiso realizar se hubiere consumado.\n\nCuando en los casos de tentativa no fuere posible determinar el daño que se pretendió causar, se aplicará hasta dos años de prisión o hasta cincuenta días multa según proceda.\n\nArtículo reformado POE 23-06-2016","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-58/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-58.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"103","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-103/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"72","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-72/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"75","epigrafe":"Punibilidad de la tentativa","url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-75/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"80","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-80/"},{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"71","epigrafe":"Punibilidad de la tentativa","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-71/"}]}},"cita":"Artículo 58, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-58/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}