{"ley":{"id":"quintana-roo/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Quintana Roo","abreviatura":"CPQROO","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Quintana Roo","jurisdiccion":"quintana-roo","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-10-14","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo","fuente":"H. Congreso del Estado de Quintana Roo — Códigos Estatales","fuente_url":"https://www.congresoqroo.gob.mx/codigos/6","archivo_url":"https://documentos.congresoqroo.gob.mx/codigos/C6-XVIII-14102026-20261016T150309-C1820261014261-C%C3%B3digo-Penal.pdf","sha256":"ad61830b175c00008473ee659f090c194c7fcd4bd28c886033eb124e4fff6c89","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado POE 19-07-2017', 'Denominación reformada POE …') no se asignan a ningún artículo.","1 rótulos que el PDF parte en dos líneas ('ARTICULO' / '176.-') se leen como uno.","5 rótulos de artículo impresos sin línea en blanco antes (bajo un encabezado o una nota) abren su propio párrafo.","4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (versión vigente de la línea de tiempo de reformas); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Página N de M»).","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado POE 23-06-2016') se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"89-Bis","clave":"89bis","slug":"89-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TITULO PRIMERO. Delitos Contra la Vida y la Salud Personal","CAPITULO I. Homicidio"],"texto":"Comete el delito de feminicidio, el que dolosamente prive de la vida a una mujer por razones de género. Se le impondrá prisión de treinta a cincuenta años y de mil quinientos a tres mil días multa.\n\nPárrafo reformado POE 07-11-2023\n\nExisten razones de género cuando se presente cualquiera de los siguientes supuestos:\n\nI. Que existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;\n\nII. Que el cuerpo de la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;\n\nIII. Que a la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;\n\nIV. Que existan antecedentes o datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso u hostigamiento sexual, o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;\n\nV. Que el cuerpo o partes del cuerpo de la víctima, hayan sido expuestos, arrojados, depositados o exhibidos en un lugar público o cualquier espacio de libre concurrencia;\n\nFracción reformada POE 21-10-2021\n\nVI. Que el activo haya obligado a la víctima a ejercer la prostitución, o haya ejercido actos de trata de personas en agravio de la víctima;\n\nVII. Que haya existido entre el activo y la victima una relación sentimental, afectiva o de confianza;\n\nVIII. Que la víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.\n\nIX. Cuando la muerte haya sido provocada por lesiones hechas mediante el uso de cualquier sustancia corrosiva, ácida o agente físico.\n\nFracción adicionada POE 07-11-2023\n\nAdemás de la sanción anterior, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluido los de carácter sucesorio. En su caso, también perderá todo derecho con relación a las hijas e hijos de la víctima, incluyendo la perdida de la patria potestad, tutela, guarda y custodia, régimen de visitas y convivencias, no obstante lo cual, subsistirá la obligación de ministrar alimentos, en los términos que corresponda, garantizando el interés superior de la niñez en términos de la Ley de la materia.\n\nPárrafo reformado POE 07-11-2023, 09-10-2024\n\nEn caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.\n\nEn la configuración del delito, no es necesario que se acredite la personalidad misógina del inculpado.\n\nArtículo adicionado POE 30-05-2012. Reformado POE 04-07-2017\n\nLa tentativa punible relacionada con el delito de feminicidio contemplado en este artículo se sancionará con pena de prisión de entre la mitad de la mínima y las dos terceras partes de la máxima de las sanciones previstas para este delito consumado.\n\nPárrafo adicionado POE 10-04-2024","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-89-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-89-bis.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"quintana-roo/codigo-penal","numero":"78-Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-78-ter/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"139 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-139-bis/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"126 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-126-bis/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"188","epigrafe":"Tipo penal complementado de feminicidio","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-188/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"142 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-142-bis/"},{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"164 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-164-bis/"}]}},"cita":"Artículo 89-Bis, Código Penal de Quintana Roo (Quintana Roo). Texto vigente, última reforma 14 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-89-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}