{"ley":{"id":"san-luis-potosi/codigo-civil","nombre":"Código Civil de San Luis Potosí","abreviatura":"CCSLP","titulo":"Código Civil para el Estado de San Luis Potosí","jurisdiccion":"san-luis-potosi","materia":"civil","publicacion_original":"1946-04-18","ultima_reforma":"2026-10-09","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí \"Plan de San Luis\"","fuente":"H. Congreso del Estado de San Luis Potosí — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresosanluis.gob.mx/legislacion/codigos","archivo_url":"https://congresosanluis.gob.mx/sites/default/files/unpload/legislacion/codigos/2026/10/Codigo%20Civil%20del%20Estado%20de%20San%20Luis%20Potosi%20%28al%2009%20de%20octubre%20de%202026%29.pdf","sha256":"06a96d3c57d95d0356fbd1e02657b74b3aafd59ee4f644b00b7dcfc2bec316c9","descargado":"2026-10-19","url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/","notas_verificacion":["1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","54 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","número de artículo repetido en la fuente: 847 (orden 901 y 903); el primero (impreso '(sic)' fuera de secuencia, después del 844) se publica con clave '847-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 958 (orden 1013 y 1015); el primero (impreso '(sic)' fuera de secuencia, después del 955) se publica con clave '958-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 1689 (orden 1751 y 1752); el primero (impreso '(sic)' fuera de secuencia, después del 1687) se publica con clave '1689-dup2'","número de artículo repetido en la fuente: 2415 (orden 2481 y 2581); el segundo se publica con clave '2415-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..2873): [845, 956, 1688, 2515]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Instituto de Investigación y Evaluación Legislativa); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI», «INSTITUTO DE INVESTIGACION Y EVALUACION LEGISLATIVA», líneas de publicación y última reforma, «Descárgala en www.congresoslp.gob.mx») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","La portada del PDF advierte que la edición electrónica no es versión oficial; la única con validez jurídica es la del Periódico Oficial del Estado. El texto se publica tal como lo difunde el Congreso.","congresosanluis.gob.mx responde con un desafío de cookie (firewall Sucuri); el PDF se descargó de la misma URL oficial tras resolverlo (sha256 registrado)."]},"articulo":{"numero":"2141","clave":"2141","slug":"2141","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO. De las Obligaciones","PARTE SEGUNDA. De las diversas especies de Contratos","TITULO SEGUNDO. De la Compra-Venta","CAPITULO VII. De algunas modalidades del Contrato de Compra-Venta"],"texto":"La venta que se haga facultando al comprador para que pague el precio en abonos, se sujetará a las reglas siguientes:\n\n(REFORMADA, P.O. 16 DE FEBRERO DE 2012)\n\nI.- Si la venta es de bienes inmuebles, puede pactarse que la falta de pago de uno o de varios abonos ocasionará la rescisión del contrato. La rescisión producirá efectos contra tercero que hubiere adquirido los bienes de que se trata, siempre que la cláusula rescisoria se haya inscrito en el Registro Público de la Propiedad;\n\n(REFORMADA, P.O. 16 DE FEBRERO DE 2012)\n\nII.- Si se trata de bienes muebles, tales corno automóviles, motores, pianos, máquinas de coser u otros que sean susceptibles de identificarse de manera indubitable, podrá también pactarse la cláusula rescisoria de que habla la fracción anterior, y esa cláusula producirá efectos contra tercero\n\nque haya adquirido los bienes, si se inscribió en el Registro Público de la Propiedad;\n\nIII.- Si se trata de bienes muebles que no sean susceptibles de identificarse indubitablemente, y que, por lo mismo, su venta no pueda registrarse, los contratantes podrán pactar la rescisión de la venta por falta de pago del precio; pero esa cláusula no producirá efectos contra tercero de buena fe que hubiere adquirido los bienes a que esta fracción se refiere.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-2141/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-2141.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"san-luis-potosi/codigo-civil","numero":"2143","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-2143/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"1795","epigrafe":"REGLAS SOBRE LA VENTA EN ABONOS","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1795/"},{"ley":"oaxaca/codigo-civil","numero":"2184","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-civil/articulo-2184/"},{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"2576","epigrafe":"En abonos","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-2576/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"7.592","epigrafe":"Reglas de la compraventa en abonos","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-7-592/"},{"ley":"baja-california-sur/codigo-civil","numero":"2215","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california-sur/codigo-civil/articulo-2215/"}]}},"cita":"Artículo 2141, Código Civil de San Luis Potosí (San Luis Potosí). Texto vigente, última reforma 9 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-2141/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}