{"ley":{"id":"san-luis-potosi/codigo-civil","nombre":"Código Civil de San Luis Potosí","abreviatura":"CCSLP","titulo":"Código Civil para el Estado de San Luis Potosí","jurisdiccion":"san-luis-potosi","materia":"civil","publicacion_original":"1946-04-18","ultima_reforma":"2026-10-09","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí \"Plan de San Luis\"","fuente":"H. 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Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI», «INSTITUTO DE INVESTIGACION Y EVALUACION LEGISLATIVA», líneas de publicación y última reforma, «Descárgala en www.congresoslp.gob.mx») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","La portada del PDF advierte que la edición electrónica no es versión oficial; la única con validez jurídica es la del Periódico Oficial del Estado. El texto se publica tal como lo difunde el Congreso.","congresosanluis.gob.mx responde con un desafío de cookie (firewall Sucuri); el PDF se descargó de la misma URL oficial tras resolverlo (sha256 registrado)."]},"articulo":{"numero":"2384","clave":"2384","slug":"2384","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO. De las Obligaciones","PARTE SEGUNDA. De las diversas especies de Contratos","TITULO NOVENO. Del Mandato","CAPITULO I. Disposiciones Generales"],"texto":"En todos los mandatos con poderes generales para pleitos y cobranzas, bastará que se diga que se otorga con todas las facultades generales y las especiales que requieran la cláusula especial conforme a la Ley, para que se entiendan conferidos sin limitación alguna.\n\nEn los mandatos con poderes generales para administrar bienes, bastará expresar que se dan con ese carácter, para que el apoderado tenga toda clase de facultades administrativas.\n\nEn los mandatos con poderes generales, para ejercer actos de dominio, bastará que se den con ese carácter para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño, tanto en lo relativo a los bienes, como para hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos.\n\nCuando se quisieren limitar en los tres casos antes mencionados, las facultades de los mandatarios, se consignarán las limitaciones, o los mandatos serán con poderes especiales.\n\nCuando en los mandatos otorgados en escritura pública, no se determine su vigencia, se entenderá que ésta será de tres años contados a partir de la fecha de la escritura pública en la que\n\nconsten, con excepción de los mandatos otorgados bajo los supuestos de los artículos, 2378 y 2426 de este Código.\n\nLos notarios insertarán este artículo en los testimonios de los mandatos que se otorguen ante su presencia.\n\nCuando durante la vigencia del poder, se hubiere iniciado un negocio cuya duración trascienda el término de su vigencia, se entenderán prorrogadas las facultades hasta su conclusión, quedando comprendida la de intentar el juicio de amparo.","nota":"(REFORMADO, P.O. 11 DE DICIEMBRE DE 2023)","url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-2384/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-2384.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"san-luis-potosi/codigo-civil","numero":"2383","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-2383/"},{"ley":"san-luis-potosi/codigo-civil","numero":"2417","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-2417/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"2428","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2428/"},{"ley":"durango/codigo-civil","numero":"2435","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/articulo-2435/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"7.771","epigrafe":"Clases de mandato general","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-7-771/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"2554","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-2554/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"2426","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-2426/"}]}},"cita":"Artículo 2384, Código Civil de San Luis Potosí (San Luis Potosí). Texto vigente, última reforma 9 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-2384/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}