{"ley":{"id":"san-luis-potosi/codigo-civil","nombre":"Código Civil de San Luis Potosí","abreviatura":"CCSLP","titulo":"Código Civil para el Estado de San Luis Potosí","jurisdiccion":"san-luis-potosi","materia":"civil","publicacion_original":"1946-04-18","ultima_reforma":"2026-10-09","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí \"Plan de San Luis\"","fuente":"H. 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Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI», «INSTITUTO DE INVESTIGACION Y EVALUACION LEGISLATIVA», líneas de publicación y última reforma, «Descárgala en www.congresoslp.gob.mx») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","La portada del PDF advierte que la edición electrónica no es versión oficial; la única con validez jurídica es la del Periódico Oficial del Estado. El texto se publica tal como lo difunde el Congreso.","congresosanluis.gob.mx responde con un desafío de cookie (firewall Sucuri); el PDF se descargó de la misma URL oficial tras resolverlo (sha256 registrado)."]},"articulo":{"numero":"697","clave":"697","slug":"697","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. De los Bienes","TITULO SEGUNDO. Clasificación de los Bienes","CAPITULO I. De los Bienes Inmuebles (REFORMADO, P.O. 3 DE OCTUBRE DE 2000)"],"texto":"Son bienes inmuebles:\n\nI.- El suelo y las construcciones adheridas a él;\n\nII.- Las plantas y árboles, mientras estuvieren unidos al inmueble, y los frutos pendientes de los mismos árboles y plantas, mientras no sean separados de ellos por cosechas o cortes regulares;\n\nIII.- Todo lo que esté unido a un inmueble de una manera fija, de modo que no puede separarse sin deterioro del mismo inmueble o del objeto a él adherido;\n\nIV.- Las estatuas, relieves, pinturas u otros objetos de ornamentación, colocados en edificios o heredades por el dueño del inmueble, en tal forma que revele el propósito de unirlos de un modo permanente al inmueble;\n\nV.- Los palomares, colmenas, estanques de peces o criaderos análogos, cuando el propietario los conserve con el propósito de mantenerlos unidos al inmueble y formando parte de ella de un modo permanente;\n\nVI.- Las máquinas, vasos, instrumentos o utensilios destinados por el propietario de la finca directa y exclusivamente a la industria o explotación de la misma;\n\nVII.- Los abonos destinados al cultivo de una heredad, que estén en las tierras donde hayan de utilizarse; y las semillas necesarias para el cultivo de la finca;\n\nVIII.- Los aparatos eléctricos y accesorios adheridos al inmueble por el dueño de éstos, salvo convenio en contrario;\n\nIX.- Los manantiales, estanques, aljibes y corrientes de agua, así como los acueductos y las cañerías de cualquiera especie que sirva para conducir los líquidos o gases a un inmueble o para extraerlo de él;\n\nX.- Los animales que formen el pie de cría en los predios rústicos destinados total o parcialmente al ramo de ganadería; así como las bestias, tractores y demás implementos mecanizados, de trabajo indispensables para el cultivo del inmueble, mientras están destinadas a ese objeto;\n\nXI.- Los diques y construcciones que, aún cuando sean flotantes, estén destinados por su objeto y condiciones a permanecer en un punto fijo de un río, laguna o costa.\n\nXII.- Los derechos reales sobre inmuebles;\n\nXIII.- Las vías de los ferrocarriles, los cables de transmisiones y de comunicaciones electrónicas las líneas telefónicas, telegráficas, televisivas y de comunicación en general y las estaciones radiotelegráficas y radiotelefónicas fijas.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-697/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-697.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"san-luis-potosi/codigo-civil","numero":"698","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-698/"},{"ley":"san-luis-potosi/codigo-civil","numero":"700","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-700/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"colima/codigo-civil","numero":"750","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/colima/codigo-civil/articulo-750/"},{"ley":"durango/codigo-civil","numero":"744","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/articulo-744/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"825","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-825/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"750","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-750/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"664","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-664/"}]}},"cita":"Artículo 697, Código Civil de San Luis Potosí (San Luis Potosí). Texto vigente, última reforma 9 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-civil/articulo-697/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}