{"ley":{"id":"san-luis-potosi/codigo-penal","nombre":"Código Penal de San Luis Potosí","abreviatura":"CPSLP","titulo":"Código Penal del Estado de San Luis Potosí","jurisdiccion":"san-luis-potosi","materia":"penal","publicacion_original":"2014-09-29","ultima_reforma":"2026-07-30","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí \"Plan de San Luis\"","fuente":"H. Congreso del Estado de San Luis Potosí — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresosanluis.gob.mx/legislacion/codigos","archivo_url":"https://congresosanluis.gob.mx/sites/default/files/unpload/legislacion/codigos/2026/08/Codigo_Penal_Estado%20%28al%2030%20de%20julio%20de%20%202026%29.pdf","sha256":"6bc976487aeaabf09e5fdccb1cf5348ab5564b6acf16eba16ca4839316e37092","descargado":"2026-10-19","url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-penal/","notas_verificacion":["El artículo SEGUNDO del decreto de expedición ('Se ABROGA el Código Penal … Decreto Legislativo 1155 …'), impreso después del último artículo y antes de los transitorios, no es un artículo del código: no se asigna al artículo 376.","1 rótulo(s) con errata 'QUINQUE' ('ARTÍCULO 343 QUINQUE.', después de 343 QUÁTER) se leen como 'QUINQUIES'; el texto del artículo no cambia.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","26 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","3 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","109 artículos abren con su epígrafe ('ARTÍCULO 1º. Principio de legalidad', 'ARTÍCULO 24. Culpabilidad en los tipos complementados privilegiados y agravados. Las circunstancias …'): se publica como epígrafe, sin punto final; el texto conserva el resto del párrafo. Los epígrafes que la fuente pega al texto sin punto (artículos 17 y 21) quedan dentro del texto.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Instituto de Investigación y Evaluación Legislativa); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «CONGRESO DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI», «INSTITUTO DE INVESTIGACION Y EVALUACION LEGISLATIVA», líneas de publicación y última reforma, «Descárgala en www.congresoslp.gob.mx») y el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","La portada del PDF advierte que la edición electrónica no es versión oficial; la única con validez jurídica es la del Periódico Oficial del Estado. El texto se publica tal como lo difunde el Congreso.","congresosanluis.gob.mx responde con un desafío de cookie (firewall Sucuri); el PDF se descargó de la misma URL oficial tras resolverlo (sha256 registrado).","El artículo 5º trae en la fuente un número pegado al inicio del texto ('239La acción o la omisión …'); se conserva literal."]},"articulo":{"numero":"128","clave":"128","slug":"128","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["PARTE ESPECIAL","TÍTULO PRIMERO. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA INTEGRIDAD CORPORAL","CAPÍTULO I. Homicidio"],"texto":"Para la imposición de las sanciones que correspondan a quien cometa el delito a que se refiere el artículo anterior, se tendrá como mortal una lesión cuando se verifiquen las circunstancias siguientes:\n\nI. Que la muerte se deba a las alteraciones causadas por: la lesión en el órgano u órganos interesados; alguna de sus consecuencias inmediatas; o alguna complicación determinada por la misma lesión y que no pudo combatirse, ya sea por ser incurable o por no tenerse al alcance los recursos necesarios, y\n\nII. Que si se encuentra el cadáver de la víctima y sea necesaria la necropsia, declare el perito o los peritos que la practiquen que la lesión fue mortal, sujetándose para ello a las reglas contenidas en este artículo, en los dos siguientes; en el Código de Procedimientos Penales para el Estado de San Luis Potosí; o, en su caso, en el Código Nacional de Procedimientos Penales.\n\nCuando el cadáver no se encuentre o por otro motivo no se haga la necropsia, bastará que el perito o los peritos, en vista de los datos que obren en la causa, declaren que la muerte fue resultado de las lesiones inferidas así lo hará saber al Ministerio Público para los efectos legales que correspondan.\n\nInmediatamente después que la necropsia se hubiere practicado o, en su caso, dispensado, se entregará el cadáver a los familiares o a quienes invoquen título o motivo suficiente, previa autorización del Ministerio Público.\n\n(ADICIONADO P.O. 21 OCTUBRE DE 2017)\n\nCon el fin de preservar la evidencia que pudiera revelar nuevas líneas de investigación para el esclarecimiento de los hechos, el agente del Ministerio Público prohibirá estrictamente bajo su criterio y responsabilidad, la cremación de todo cadáver respecto del que se presuma la comisión de un homicidio, en tanto se dicte sentencia firme. Quien incurra en esta conducta se le impondrá la pena señalada en el párrafo último del artículo 208 de este Código.","nota":"(REFORMADO P.O. 05 DE SEPTIEMBRE DE 2015)","url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-penal/articulo-128/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-penal/articulo-128.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"san-luis-potosi/codigo-penal","numero":"129","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-penal/articulo-129/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"330","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-330/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"214","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-214/"},{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"253","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-253/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"313","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-313/"},{"ley":"oaxaca/codigo-penal","numero":"286","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-286/"}]}},"cita":"Artículo 128, Código Penal de San Luis Potosí (San Luis Potosí). Texto vigente, última reforma 30 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/san-luis-potosi/codigo-penal/articulo-128/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}