{"ley":{"id":"sinaloa/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Sinaloa","abreviatura":"CPSIN","titulo":"Código Penal para el Estado de Sinaloa","jurisdiccion":"sinaloa","materia":"penal","publicacion_original":"1992-10-28","ultima_reforma":"2026-10-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa»","fuente":"H. Congreso del Estado de Sinaloa — Leyes estatales","fuente_url":"https://gaceta.congresosinaloa.gob.mx/#/leyes","archivo_url":"https://gaceta.congresosinaloa.gob.mx:3001/pdfs/leyes/Ley_7.pdf","sha256":"1273ab71e4648e7023136eb03dcd59c217e59a58bf48ca79edc5a78725b114fc","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/","notas_verificacion":["125 notas de reforma impresas en renglón propio, en dos o más renglones, se leen como una sola nota (párrafo propio).","Errata de la fuente en un rótulo: 'ARTICUL0 370.' (cero por la letra O) se lee como 'ARTICULO 370.'.","40 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Gaceta Parlamentaria, Leyes estatales); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('(Ref. Según Decreto … )', '(Adic. según Decreto … )') se conservan literales, en el párrafo o como párrafo propio del artículo.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.' / 'ART. 1o.': se publica el número sin el ordinal ('1').","Las secciones agrupan capítulos dentro de un título en el Libro Primero y agrupan títulos en el Libro Segundo; cada encabezado se ubica en ese orden."]},"articulo":{"numero":"241","clave":"241","slug":"241","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","SECCIÓN SEGUNDA. DELITOS CONTRA LA FAMILIA","TÍTULO ÚNICO. DELITOS CONTRA EL ORDEN DE LA FAMILIA","CAPÍTULO I. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DE ASISTENCIA FAMILIAR"],"texto":"Al que dolosamente se coloque en estado de insolvencia, con el objeto de eludir el incumplimiento de las obligaciones alimentarias que la ley determina, se le impondrá prisión de tres a seis años y de trescientos sesenta a seiscientos días multa y suspensión o privación de derechos de familia respecto al ofendido. La autoridad judicial resolverá sobre la aplicación del producto del trabajo que realice el agente, a la satisfacción de las obligaciones alimentarias de éste, con base en las disposiciones aplicables del Código Familiar del Estado. (Ref. Según Decreto No. 447, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” No. 106, de fecha 4 de septiembre de 2026.)\n\nSe impondrá hasta la mitad de la pena anterior, al que dolosamente incumpla con la orden judicial de informar acerca de los ingresos de quienes deban cumplir con las obligaciones señaladas en los artículos anteriores, o haciéndolo no lo haga dentro del plazo señalado en el oficio respectivo y verazmente u omita realizar de inmediato el descuento ordenado.\n\nEste delito se perseguirá por querella de parte, excepto cuando el ofendido sea menor de edad o incapaz y no tenga representante legal, caso en el cual el Ministerio Público procederá de oficio, a reserva de que promueva la designación de un tutor especial.\n\n(Ref. según Dec. 515, publicado en el Periódico Oficial No. 51 del 25 de abril del 2012).\n\nSe declarará extinguida la pretensión punitiva, si no hay oposición del ofendido o su representante, cuando antes de que exista sentencia ejecutoria, el obligado cubra los alimentos vencidos y otorgue garantía suficiente ante la autoridad judicial de que en lo sucesivo pagará lo que le corresponda. (Adic. según Dec. 515, publicado en el Periódico Oficial No. 51 del 25 de abril del 2012).","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-241/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-241.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"236","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-236/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"336 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-336-bis/"},{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"193","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-193/"},{"ley":"tabasco/codigo-penal","numero":"206","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/articulo-206/"},{"ley":"oaxaca/codigo-penal","numero":"414","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-414/"}]}},"cita":"Artículo 241, Código Penal de Sinaloa (Sinaloa). Texto vigente, última reforma 7 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-241/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}