{"ley":{"id":"sinaloa/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Sinaloa","abreviatura":"CPSIN","titulo":"Código Penal para el Estado de Sinaloa","jurisdiccion":"sinaloa","materia":"penal","publicacion_original":"1992-10-28","ultima_reforma":"2026-10-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa»","fuente":"H. Congreso del Estado de Sinaloa — Leyes estatales","fuente_url":"https://gaceta.congresosinaloa.gob.mx/#/leyes","archivo_url":"https://gaceta.congresosinaloa.gob.mx:3001/pdfs/leyes/Ley_7.pdf","sha256":"1273ab71e4648e7023136eb03dcd59c217e59a58bf48ca79edc5a78725b114fc","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/","notas_verificacion":["125 notas de reforma impresas en renglón propio, en dos o más renglones, se leen como una sola nota (párrafo propio).","Errata de la fuente en un rótulo: 'ARTICUL0 370.' (cero por la letra O) se lee como 'ARTICULO 370.'.","40 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Gaceta Parlamentaria, Leyes estatales); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('(Ref. Según Decreto … )', '(Adic. según Decreto … )') se conservan literales, en el párrafo o como párrafo propio del artículo.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.' / 'ART. 1o.': se publica el número sin el ordinal ('1').","Las secciones agrupan capítulos dentro de un título en el Libro Primero y agrupan títulos en el Libro Segundo; cada encabezado se ubica en ese orden."]},"articulo":{"numero":"264 Bis","clave":"264bis","slug":"264-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","SECCIÓN TERCERA. DELITOS CONTRA LA SOCIEDAD","TÍTULO SEGUNDO. DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD Y EL NORMAL FUNCIONAMIENTO DE LAS VÍAS DE COMUNICACIÓN Y LOS MEDIOS DE TRANSPORTE","CAPÍTULO II. DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS"],"texto":"Se impondrá una pena de tres a diez años de prisión, y de cien a quinientos días multa, y el decomiso de los objetos utilizados, a quien coloque o arroje en vías de comunicación objetos punzocortantes que obstaculicen el tránsito vehicular. Se incluyen, entre otros, estrellas metálicas, abrojos, erizos, varillas o cualquier artefacto similar elaborado con materiales de acero o de cualquier otro material, comúnmente conocidos como ponchallantas.\n\nLa misma pena se aplicará a quien fabrique, distribuya, comercialice o facilite la obtención de estos objetos con el propósito de ser utilizados para obstaculizar el tránsito vehicular o causar daño a terceros.\n\nPara efectos de este artículo, se entiende por vía de comunicación a las calles, bulevares, caminos, veredas, terracerías, avenidas, carreteras, autopistas o libramientos.\n\nLas penas a las que se refiere el presente artículo, se aumentarán hasta en una mitad de la que corresponda por el delito cometido, cuando para su perpetración se utilice a uno o varios menores de edad; o cuando el responsable sea un servidor público o haya tenido tal carácter dentro de los cinco años anteriores a la comisión de la conducta delictiva.\n\n(Adic. Según Decreto No. 157, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa” No. 073, edición vespertina, de fecha 16 de junio de 2025).","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-264-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-264-bis.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"414","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-414/"},{"ley":"tabasco/codigo-penal","numero":"338","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/articulo-338/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"304","epigrafe":"Afectación a medios de seguridad","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-304/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"196 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-196-ter/"},{"ley":"zacatecas/codigo-penal","numero":"321 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/zacatecas/codigo-penal/articulo-321-bis/"}]}},"cita":"Artículo 264 Bis, Código Penal de Sinaloa (Sinaloa). Texto vigente, última reforma 7 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-264-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}