{"ley":{"id":"sinaloa/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Sinaloa","abreviatura":"CPSIN","titulo":"Código Penal para el Estado de Sinaloa","jurisdiccion":"sinaloa","materia":"penal","publicacion_original":"1992-10-28","ultima_reforma":"2026-10-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa»","fuente":"H. Congreso del Estado de Sinaloa — Leyes estatales","fuente_url":"https://gaceta.congresosinaloa.gob.mx/#/leyes","archivo_url":"https://gaceta.congresosinaloa.gob.mx:3001/pdfs/leyes/Ley_7.pdf","sha256":"1273ab71e4648e7023136eb03dcd59c217e59a58bf48ca79edc5a78725b114fc","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/","notas_verificacion":["125 notas de reforma impresas en renglón propio, en dos o más renglones, se leen como una sola nota (párrafo propio).","Errata de la fuente en un rótulo: 'ARTICUL0 370.' (cero por la letra O) se lee como 'ARTICULO 370.'.","40 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Gaceta Parlamentaria, Leyes estatales); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('(Ref. Según Decreto … )', '(Adic. según Decreto … )') se conservan literales, en el párrafo o como párrafo propio del artículo.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.' / 'ART. 1o.': se publica el número sin el ordinal ('1').","Las secciones agrupan capítulos dentro de un título en el Libro Primero y agrupan títulos en el Libro Segundo; cada encabezado se ubica en ese orden."]},"articulo":{"numero":"314","clave":"314","slug":"314","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","SECCIÓN CUARTA. DELITOS CONTRA EL ESTADO","TÍTULO TERCERO. DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA COMETIDOS POR PARTICULARES","CAPÍTULO IV. FALSEDAD ANTE AUTORIDAD"],"texto":"Se impondrán de tres meses a tres años de prisión y de treinta a cien días multa:\n\nI. Al que interrogado por alguna autoridad pública distinta de la judicial en ejercicio de sus funciones y con motivo de ellas, faltare a la verdad;\n\nII. Al que examinado por la autoridad judicial como testigo faltare a la verdad sobre el hecho que se trata de averiguar, ya sea afirmando, negando u ocultando maliciosamente la existencia de alguna circunstancia que pueda servir de prueba de la verdad o falsedad del hecho principal o que aumente o disminuya su gravedad. La sanción podrá ser hasta por diez años de prisión para el testigo falso que fuere examinado en juicio criminal, cuando al reo se le imponga una pena de más de cinco años de prisión por haber dado fuerza probatoria al testimonio falso;\n\nIII. Al que soborne a un testigo, a un perito o a un intérprete, para que se produzca con falsedad en juicio, o los obligue o comprometa a ello, intimidándolos o de otro modo. Además de las penas señaladas anteriormente, el perito, intérprete o traductor sufrirá inhabilitación para desempeñar sus funciones hasta por tres años.\n\nIV. Al que, con arreglo a derecho, con cualquier carácter excepto el de testigo, sea examinado bajo protesta de decir verdad y faltare a ella en perjuicio de otro, negando ser suya la firma con que hubiere suscrito un documento o afirmando un hecho falso o alterando o negando uno verdadero, o sus circunstancias esenciales. Lo prevenido en esta fracción no comprende los casos en que la parte sea examinada sobre la cantidad en que estime una cosa o cuando tenga el carácter de acuerdo.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-314/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-314.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"nayarit/codigo-penal","numero":"281","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-281/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"247 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-247-bis/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"221 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-221-bis/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"247","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-247/"},{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"205","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-205/"}]}},"cita":"Artículo 314, Código Penal de Sinaloa (Sinaloa). Texto vigente, última reforma 7 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-314/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}