{"ley":{"id":"sinaloa/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Sinaloa","abreviatura":"CPSIN","titulo":"Código Penal para el Estado de Sinaloa","jurisdiccion":"sinaloa","materia":"penal","publicacion_original":"1992-10-28","ultima_reforma":"2026-10-07","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial «El Estado de Sinaloa»","fuente":"H. Congreso del Estado de Sinaloa — Leyes estatales","fuente_url":"https://gaceta.congresosinaloa.gob.mx/#/leyes","archivo_url":"https://gaceta.congresosinaloa.gob.mx:3001/pdfs/leyes/Ley_7.pdf","sha256":"1273ab71e4648e7023136eb03dcd59c217e59a58bf48ca79edc5a78725b114fc","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/","notas_verificacion":["125 notas de reforma impresas en renglón propio, en dos o más renglones, se leen como una sola nota (párrafo propio).","Errata de la fuente en un rótulo: 'ARTICUL0 370.' (cero por la letra O) se lee como 'ARTICULO 370.'.","40 notas de reforma impresas después de un encabezado (fuera de un artículo) no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Gaceta Parlamentaria, Leyes estatales); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el número de página. Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('(Ref. Según Decreto … )', '(Adic. según Decreto … )') se conservan literales, en el párrafo o como párrafo propio del artículo.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.' / 'ART. 1o.': se publica el número sin el ordinal ('1').","Las secciones agrupan capítulos dentro de un título en el Libro Primero y agrupan títulos en el Libro Segundo; cada encabezado se ubica en ese orden."]},"articulo":{"numero":"6","clave":"6","slug":"6","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO","PARTE GENERAL","TÍTULO PRIMERO. DE LA LEY PENAL","CAPÍTULO II. APLICACIÓN EN EL TIEMPO"],"texto":"Cuando entre la comisión del delito y la extinción de la pena o medida de seguridad se pusiere en vigor otra ley aplicable al caso, se estará a lo dispuesto en la ley más favorable al imputado, acusado o sentenciado.\n\nLa autoridad jurisdiccional que esté conociendo o haya conocido del procedimiento penal, aplicará de oficio la ley más favorable.\n\n(Ref. Según Decreto 160, de fecha 30 de julio de 2014 y publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Sinaloa”, No. 091 de fecha 30 de julio de 2014).","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-6/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-6.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"9","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-9/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"10","epigrafe":"Excepción de ley más favorable","url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-10/"},{"ley":"durango/codigo-penal","numero":"10","epigrafe":"Excepción de ley más favorable","url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-10/"},{"ley":"tlaxcala/codigo-penal","numero":"10","epigrafe":"Excepción de ley más favorable","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-10/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"10","epigrafe":"Principio de ley más favorable","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-10/"}]}},"cita":"Artículo 6, Código Penal de Sinaloa (Sinaloa). Texto vigente, última reforma 7 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/sinaloa/codigo-penal/articulo-6/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}