{"ley":{"id":"sonora/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Sonora","abreviatura":"CCSON","titulo":"Código Civil para el Estado de Sonora","jurisdiccion":"sonora","materia":"civil","publicacion_original":"1949-08-24","ultima_reforma":"2021-05-14","ultima_reforma_fuente":"Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora","fuente":"H. Congreso del Estado de Sonora — Leyes","fuente_url":"https://congresoson.gob.mx/leyes","archivo_url":"https://gestion.api.congresoson.gob.mx/assets/archivos/2024/10/fnkF_cG6x59FKqJEYc1x5leEcKkK1GaV.pdf","sha256":"d5e331fffb1dbd572532a936e1ca11f692bd3f1f485110b918079c4e5264e68a","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/","notas_verificacion":["2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","3 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","número de artículo repetido en la fuente: 450 (orden 451 y 461); el segundo se publica con clave '450-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3500): [460, 2275]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso: un bloque de texto del PDF = un párrafo; se quita el número de página y se une el párrafo que el salto de página corta.","La fuente no imprime 'última reforma': la fecha es la publicación más reciente del APENDICE (lista de reformas del Congreso al final del código); el apéndice no se publica.","Rótulos 'ARTICULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1'); el asterisco de algunos rótulos ('ARTICULO *1024.-') es una marca editorial y se omite."]},"articulo":{"numero":"1004","clave":"1004","slug":"1004","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. DE LOS BIENES Y DE LOS DERECHOS REALES","TITULO CUARTO. DE LA PROPIEDAD","CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES"],"texto":"No podrán ejercitarse los derechos de propiedad sobre las cosas que se consideren como notables y características manifestaciones de la cultura nacional o de la regional propia del estado, ni alterar aquéllas en forma que pierdan sus características, sin previa autorización escrita del ejecutivo del estado. Este cumplirá su deber de procurar la conservación de todos los bienes, de acuerdo con las disposiciones legales.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1004/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1004.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"1005","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1005/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"1329","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1329/"},{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"1005","epigrafe":"LIMITACIONES A LA PROPIEDAD SOBRE BIENES CON CARACTERISTICAS DE CULTURA NACIONAL O REGIONAL","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1005/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"5.133","epigrafe":"Entes públicos respecto de la usucapión","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-5-133/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"5.19","epigrafe":"Bienes de propiedad particular","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-5-19/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"3058","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-3058/"}]}},"cita":"Artículo 1004, Código Civil de Sonora (Sonora). Texto vigente, última reforma 14 may 2021. https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1004/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}