{"ley":{"id":"sonora/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Sonora","abreviatura":"CCSON","titulo":"Código Civil para el Estado de Sonora","jurisdiccion":"sonora","materia":"civil","publicacion_original":"1949-08-24","ultima_reforma":"2021-05-14","ultima_reforma_fuente":"Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora","fuente":"H. Congreso del Estado de Sonora — Leyes","fuente_url":"https://congresoson.gob.mx/leyes","archivo_url":"https://gestion.api.congresoson.gob.mx/assets/archivos/2024/10/fnkF_cG6x59FKqJEYc1x5leEcKkK1GaV.pdf","sha256":"d5e331fffb1dbd572532a936e1ca11f692bd3f1f485110b918079c4e5264e68a","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/","notas_verificacion":["2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","3 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","número de artículo repetido en la fuente: 450 (orden 451 y 461); el segundo se publica con clave '450-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3500): [460, 2275]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso: un bloque de texto del PDF = un párrafo; se quita el número de página y se une el párrafo que el salto de página corta.","La fuente no imprime 'última reforma': la fecha es la publicación más reciente del APENDICE (lista de reformas del Congreso al final del código); el apéndice no se publica.","Rótulos 'ARTICULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1'); el asterisco de algunos rótulos ('ARTICULO *1024.-') es una marca editorial y se omite."]},"articulo":{"numero":"2022","clave":"2022","slug":"2022","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. DE LAS OBLIGACIONES","PRIMERA PARTE. DE LAS OBLIGACIONES EN GENERAL","TITULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES","CAPITULO III. DE LA DECLARACIÓN UNILATERAL DE LA VOLUNTAD"],"texto":"Antes de que esté prestado el servicio, cumplida la condición o aceptada en su caso la oferta que se hubiere hecho a persona indeterminada, podrá el promitente revocar su ofrecimiento, siempre que la revocación se haga con la misma publicidad que aquel.\n\nEn este caso, el que pruebe que ha hecho erogaciones para prestar el servicio, cumplir la condición o aceptar la oferta, tiene derecho a que se le reembolsen y al pago de daños y perjuicios. Si tales erogaciones implican ya un principio claro y directo de ejecución respecto a la prestación del servicio, cumplimiento de la condición o aceptación de la oferta, el promitente no podrá ya revocar su ofrecimiento, estando obligado a cumplirlo en sus términos. Para el caso de la oferta, se aplicará en lo conducente lo dispuesto por el artículo 2481.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2022/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2022.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"2005","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2005/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"1300","epigrafe":"REVOCACION DEL OFRECIMIENTO","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1300/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"1743","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1743/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"1863","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-1863/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"1750","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1750/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"1863","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-1863/"}]}},"cita":"Artículo 2022, Código Civil de Sonora (Sonora). Texto vigente, última reforma 14 may 2021. https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2022/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}