{"ley":{"id":"sonora/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Sonora","abreviatura":"CCSON","titulo":"Código Civil para el Estado de Sonora","jurisdiccion":"sonora","materia":"civil","publicacion_original":"1949-08-24","ultima_reforma":"2021-05-14","ultima_reforma_fuente":"Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora","fuente":"H. Congreso del Estado de Sonora — Leyes","fuente_url":"https://congresoson.gob.mx/leyes","archivo_url":"https://gestion.api.congresoson.gob.mx/assets/archivos/2024/10/fnkF_cG6x59FKqJEYc1x5leEcKkK1GaV.pdf","sha256":"d5e331fffb1dbd572532a936e1ca11f692bd3f1f485110b918079c4e5264e68a","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/","notas_verificacion":["2 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","3 encabezados impresos sin su rótulo ('DE LA PRELACION', sin 'CAPÍTULO …') se toman como encabezado de los artículos que siguen.","número de artículo repetido en la fuente: 450 (orden 451 y 461); el segundo se publica con clave '450-dup2'","huecos en la numeración base de los rótulos del texto fuente (1..3500): [460, 2275]","Texto tomado del PDF oficial del Congreso: un bloque de texto del PDF = un párrafo; se quita el número de página y se une el párrafo que el salto de página corta.","La fuente no imprime 'última reforma': la fecha es la publicación más reciente del APENDICE (lista de reformas del Congreso al final del código); el apéndice no se publica.","Rótulos 'ARTICULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1'); el asterisco de algunos rótulos ('ARTICULO *1024.-') es una marca editorial y se omite."]},"articulo":{"numero":"2763","clave":"2763","slug":"2763","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES ENTRE LAS PARTES CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES","SEGUNDA PARTE. DE LAS DIVERSAS ESPECIES DE CONTRATO","TITULO SEXTO. DEL ARRENDAMIENTO","CAPITULO IX. DEL MODO DE TERMINAR EL ARRENDAMIENTO"],"texto":"Vencido un contrato de arrendamiento, tendrá derecho el inquilino, siempre que esté al corriente en el pago de las rentas, a que se le prorrogue hasta por un año ese contrato. Podrá el arrendador aumentar hasta un diez por ciento de la renta anterior, siempre que demuestre que los alquileres en la zona de que se trata han sufrido un alza después de que se celebró el contrato de arrendamiento.\n\nQuedan exceptuados de la obligación de prorrogar el contrato de arrendamiento, los propietarios que quieran habitar la casa o cultivar la finca cuyo arrendamiento ha vencido.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2763/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2763.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"2764","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2764/"},{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"2765","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2765/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"1950","epigrafe":"PRORROGA DEL ARRENDAMIENTO UNA VEZ VENCIDO EL CONTRATO","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1950/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"2359","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2359/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"2384","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-2384/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"1992","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-1992/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"2378","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-2378/"}]}},"cita":"Artículo 2763, Código Civil de Sonora (Sonora). Texto vigente, última reforma 14 may 2021. https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-2763/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}