{"ley":{"id":"sonora/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Sonora","abreviatura":"CPSON","titulo":"Código Penal del Estado de Sonora","jurisdiccion":"sonora","materia":"penal","publicacion_original":"1994-03-24","ultima_reforma":"2026-08-31","ultima_reforma_fuente":"Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora","fuente":"H. Congreso del Estado de Sonora — Leyes","fuente_url":"https://congresoson.gob.mx/leyes","archivo_url":"https://gestion.api.congresoson.gob.mx/assets/archivos/2026/09/0uAbiyYcM7MRvXg9Qyh4vAHUYr7QjiSL.pdf","sha256":"925739315714950688b016624bbc49076a388176d5dd00cec27d91572123b813","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/","notas_verificacion":["5 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso: un bloque de texto del PDF = un párrafo; se quita el número de página y se une el párrafo que el salto de página corta.","La fuente no imprime 'última reforma': la fecha es la publicación más reciente del APENDICE (lista de reformas del Congreso al final del código); el apéndice no se publica.","Rótulos 'ARTICULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1'); el asterisco de algunos rótulos ('ARTICULO *1024.-') es una marca editorial y se omite."]},"articulo":{"numero":"120","clave":"120","slug":"120","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","TITULO PRIMERO. DELITOS CONTRA LA SEGURIDAD DEL ESTADO","CAPITULO II. REBELIÓN"],"texto":"Se aplicará prisión de tres días a un año:\n\nI. Al que invite para una rebelión;\n\nII. A los que estando bajo la protección y garantía del gobierno, oculten o auxilien a los espías o exploradores de los rebeldes, sabiendo que lo son;\n\nIII. Al que, rotas las hostilidades y estando en las mismas condiciones, mantenga relaciones con el enemigo, para proporcionarle noticias concernientes a las operaciones militares u otras que le sean útiles; y\n\nIV. Al que voluntariamente sirva un empleo, cargo subalterno o comisión en lugar ocupado por los rebeldes.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-120/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-120.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"251","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-251/"},{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"285","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-285/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"258","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-258/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"135","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-135/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"274","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-274/"}]}},"cita":"Artículo 120, Código Penal de Sonora (Sonora). Texto vigente, última reforma 31 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-120/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}