{"ley":{"id":"sonora/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Sonora","abreviatura":"CPSON","titulo":"Código Penal del Estado de Sonora","jurisdiccion":"sonora","materia":"penal","publicacion_original":"1994-03-24","ultima_reforma":"2026-08-31","ultima_reforma_fuente":"Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora","fuente":"H. Congreso del Estado de Sonora — Leyes","fuente_url":"https://congresoson.gob.mx/leyes","archivo_url":"https://gestion.api.congresoson.gob.mx/assets/archivos/2026/09/0uAbiyYcM7MRvXg9Qyh4vAHUYr7QjiSL.pdf","sha256":"925739315714950688b016624bbc49076a388176d5dd00cec27d91572123b813","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/","notas_verificacion":["5 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso: un bloque de texto del PDF = un párrafo; se quita el número de página y se une el párrafo que el salto de página corta.","La fuente no imprime 'última reforma': la fecha es la publicación más reciente del APENDICE (lista de reformas del Congreso al final del código); el apéndice no se publica.","Rótulos 'ARTICULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1'); el asterisco de algunos rótulos ('ARTICULO *1024.-') es una marca editorial y se omite."]},"articulo":{"numero":"199","clave":"199","slug":"199","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","TITULO NOVENO. RESPONSABILIDAD PROFESIONAL","CAPITULO II. DELITOS DE ABOGADOS, PATRONOS Y LITIGANTES"],"texto":"Se impondrán de un mes a dos años de prisión e inhabilitación en el ejercicio profesional de un mes a dos años:\n\nI. Por patrocinar o ayudar a diversos contendientes o partes con intereses opuestos de un mismo negocio o en negocios conexos, o aceptar el patrocinio de alguno y admitir después el de la parte contraria;\n\nII. Por abandonar la defensa de un cliente o negocio sin motivo justificado y causando daño;\n\nIII. Al defensor de un imputado, sea particular o de oficio, que sólo se concrete a aceptar el cargo y a solicitar la libertad caucional, sin promover mas pruebas ni dirigirlo en su defensa en el período de instrucción y en el de juicio; y\n\nIV. A los defensores que sin fundamento no promuevan las pruebas conducentes en defensa de los imputados que los designen. Al de oficio se le destituirá además, de su empleo y se le inhabilitará para desempeñarlo por un tiempo que no exceda de cinco años.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-199/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-199.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"232","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-232/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"155","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-155/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"310","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-310/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"315","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-315/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"319","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-319/"}]}},"cita":"Artículo 199, Código Penal de Sonora (Sonora). Texto vigente, última reforma 31 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-199/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}