{"ley":{"id":"sonora/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Sonora","abreviatura":"CPSON","titulo":"Código Penal del Estado de Sonora","jurisdiccion":"sonora","materia":"penal","publicacion_original":"1994-03-24","ultima_reforma":"2026-08-31","ultima_reforma_fuente":"Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora","fuente":"H. Congreso del Estado de Sonora — Leyes","fuente_url":"https://congresoson.gob.mx/leyes","archivo_url":"https://gestion.api.congresoson.gob.mx/assets/archivos/2026/09/0uAbiyYcM7MRvXg9Qyh4vAHUYr7QjiSL.pdf","sha256":"925739315714950688b016624bbc49076a388176d5dd00cec27d91572123b813","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/","notas_verificacion":["5 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso: un bloque de texto del PDF = un párrafo; se quita el número de página y se une el párrafo que el salto de página corta.","La fuente no imprime 'última reforma': la fecha es la publicación más reciente del APENDICE (lista de reformas del Congreso al final del código); el apéndice no se publica.","Rótulos 'ARTICULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1'); el asterisco de algunos rótulos ('ARTICULO *1024.-') es una marca editorial y se omite."]},"articulo":{"numero":"234-A","clave":"234a","slug":"234-a","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","TITULO DECIMOTERCERO. DELITOS CONTRA LA FAMILIA","CAPITULO IV. VIOLENCIA FAMILIAR"],"texto":"Por violencia familiar se entiende todo acto de poder u omisión intencional dirigido a dominar, someter, controlar o agredir física, verbal, psicoemocional, sexual, económica y/o patrimonialmente a cualquier miembro de la familia, y que pueda causar maltrato físico, verbal, psicológico, sexual, económico y/o daño patrimonial, en los términos de la Ley de Prevención y Atención de la Violencia familiar.\n\nComete el delito de violencia familiar el cónyuge, excónyuge, concubina o concubino, exconcubina o exconcubino o quién tenga o haya tenido una relación de hecho; pariente consanguíneo en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado; pariente colateral consanguíneo o afín hasta el cuarto grado, adoptante o adoptado, tutor o curador que realice cualquiera de los actos descritos en el párrafo anterior. Tratándose de menores de edad, la sanción será la prevista en el artículo 234 E de este Código Penal.\n\nAl que cometa el delito de violencia familiar se le impondrán de uno a seis años de prisión, y pérdida de los derechos que tenga respecto de la víctima, incluidos los de alimentos, de carácter sucesorio y prohibición de ir a un lugar determinado o residir en él, con excepción de los casos de violencia familiar por motivos económicos.\n\nSe aplicará la misma pena del párrafo anterior, a quien cometa el delito de violencia familiar por medio de sistemas de comunicación o programas que sean resultado de la evolución tecnológica, telefonía celular, así como todos aquellos que permitan el intercambio de información.\n\nAsimismo, cuando la víctima se trate de un menor, será condenado a la pérdida, limitación o suspensión de la patria potestad, según las circunstancias del caso, a juicio del juez. Si el delito se cometiera en contra de la víctima, por su condición de género, se aumentará la pena que corresponda hasta en una tercera parte.\n\nEn todo caso, el victimario deberá sujetarse a un tratamiento psicológico especializado como una medida para buscar su rehabilitación.\n\nSi se rehabilita, podrá recuperar el derecho de alimentos por resolución judicial.\n\nEste delito se perseguirá de oficio.\n\nCuando las conductas descritas en el presente capítulo se cometan en contra de una mujer embarazada o una persona con discapacidad, la pena se aumentará hasta en una mitad, en su mínimo y en su máximo.\n\nLas penas contenidas en este capítulo se duplicarán cuando haya reincidencia o cuando el imputado de los delitos descritos en este capítulo haya obtenido con anterioridad el beneficio de la suspensión condicional del proceso por el mismo delito.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-234-a/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-234-a.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"26","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-26/"},{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"234 B","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-234-b/"},{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"238","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-238/"},{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"247","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-247/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"310","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-310/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"202 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-202-bis/"},{"ley":"ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia","numero":"7","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia/articulo-7/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"323 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-323-bis/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"323 Quáter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-323-quater/"}]}},"cita":"Artículo 234-A, Código Penal de Sonora (Sonora). Texto vigente, última reforma 31 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-234-a/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}