{"ley":{"id":"sonora/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Sonora","abreviatura":"CPSON","titulo":"Código Penal del Estado de Sonora","jurisdiccion":"sonora","materia":"penal","publicacion_original":"1994-03-24","ultima_reforma":"2026-08-31","ultima_reforma_fuente":"Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora","fuente":"H. Congreso del Estado de Sonora — Leyes","fuente_url":"https://congresoson.gob.mx/leyes","archivo_url":"https://gestion.api.congresoson.gob.mx/assets/archivos/2026/09/0uAbiyYcM7MRvXg9Qyh4vAHUYr7QjiSL.pdf","sha256":"925739315714950688b016624bbc49076a388176d5dd00cec27d91572123b813","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/","notas_verificacion":["5 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso: un bloque de texto del PDF = un párrafo; se quita el número de página y se une el párrafo que el salto de página corta.","La fuente no imprime 'última reforma': la fecha es la publicación más reciente del APENDICE (lista de reformas del Congreso al final del código); el apéndice no se publica.","Rótulos 'ARTICULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1'); el asterisco de algunos rótulos ('ARTICULO *1024.-') es una marca editorial y se omite."]},"articulo":{"numero":"39","clave":"39","slug":"39","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO","TITULO SEGUNDO. SANCIONES Y MEDIDAS DE SEGURIDAD","CAPITULO VII. SANCIÓN PECUNIARIA"],"texto":"La autoridad a quien corresponda el cobro de la sanción pecuniaria podrá fijar plazos para el pago en los términos siguientes:\n\nI. Si no excediere de cien Unidades de Medida y Actualización, se podrá conceder un plazo de noventa días para pagarla por tercias partes, siempre que el deudor compruebe estar imposibilitado de hacerlo en menor tiempo y otorgue garantías suficientes a juicio de la autoridad ejecutora;\n\nII. Para el pago que exceda de cien Unidades de Medida y Actualización, se podrá conceder un plazo hasta de seis meses; el pago se hará por tercias partes y con los requisitos señalados en la fracción anterior.\n\nEl beneficio anterior sólo se concederá, cuando sea solicitado dentro del plazo señalado en el procedimiento fiscal, para el cumplimiento voluntario.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-39/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-39.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros","numero":"97","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-proteccion-y-defensa-al-usuario-de-servicios-financieros/articulo-97/"},{"ley":"ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro","numero":"101","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-de-los-sistemas-de-ahorro-para-el-retiro/articulo-101/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"49","epigrafe":"Plazos para la reparación del daño","url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-49/"},{"ley":"guanajuato/codigo-penal","numero":"253-d","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-253-d/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"140","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-140/"}]}},"cita":"Artículo 39, Código Penal de Sonora (Sonora). Texto vigente, última reforma 31 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-39/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}