{"ley":{"id":"sonora/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Sonora","abreviatura":"CPSON","titulo":"Código Penal del Estado de Sonora","jurisdiccion":"sonora","materia":"penal","publicacion_original":"1994-03-24","ultima_reforma":"2026-08-31","ultima_reforma_fuente":"Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora","fuente":"H. Congreso del Estado de Sonora — Leyes","fuente_url":"https://congresoson.gob.mx/leyes","archivo_url":"https://gestion.api.congresoson.gob.mx/assets/archivos/2026/09/0uAbiyYcM7MRvXg9Qyh4vAHUYr7QjiSL.pdf","sha256":"925739315714950688b016624bbc49076a388176d5dd00cec27d91572123b813","descargado":"2026-10-17","url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/","notas_verificacion":["5 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso: un bloque de texto del PDF = un párrafo; se quita el número de página y se une el párrafo que el salto de página corta.","La fuente no imprime 'última reforma': la fecha es la publicación más reciente del APENDICE (lista de reformas del Congreso al final del código); el apéndice no se publica.","Rótulos 'ARTICULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1'); el asterisco de algunos rótulos ('ARTICULO *1024.-') es una marca editorial y se omite."]},"articulo":{"numero":"72","clave":"72","slug":"72","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO","TITULO TERCERO. APLICACIÓN DE LAS SANCIONES","CAPITULO IV. APLICACIÓN DE SANCIONES EN CASOS DE CONCURSO, DELITO CONTINUADO Y REINCIDENCIA"],"texto":"Al reincidente se le aplicará la sanción que deba imponérsele por el último delito cometido y tratándose de la pena de prisión, se aumentará ésta, según el grado de reprochabilidad que le corresponda, de tres días hasta la mitad de su duración; si la reincidencia fuera por delitos de la misma especie, el aumento será de tres días hasta otro tanto de la duración de la pena, sin que pueda exceder de cincuenta años.\n\nSin perjuicio de lo anterior, en aquellos delitos que tengan señalada sanción alternativa, en todo caso se aplicará al reincidente la pena privativa de libertad.\n\nTratándose de delitos que tengan señalado trabajo en favor de la comunidad como sanción autónoma, en caso de reincidencia, dicha sanción se duplicará.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-72/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-72.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"79","epigrafe":"Reincidencia","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-79/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"25","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-25/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"436 Duodecies","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-436-duodecies/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"303","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-303/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"69","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-69/"}]}},"cita":"Artículo 72, Código Penal de Sonora (Sonora). Texto vigente, última reforma 31 ago 2026. https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-72/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}