{"ley":{"id":"tabasco/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tabasco","abreviatura":"CCTAB","titulo":"Código Civil para el Estado de Tabasco","jurisdiccion":"tabasco","materia":"civil","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-09-02","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tabasco","fuente":"H. Congreso del Estado de Tabasco — Leyes","fuente_url":"https://congresotabasco.gob.mx/leyes/","archivo_url":"https://congresotabasco.gob.mx/wp-content/uploads/2026/09/Codigo-Civil-para-el-Estado-de-Tabasco.pdf","sha256":"20809ea9c2a1b26c9096327c4c4113cb7925ad485b6a1b8272426f534c8c352d","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/","notas_verificacion":["Art. 9: el párrafo «Afectan directamente al interés público, …» empieza en la página siguiente a «… derecho renunciado» (sin punto en la fuente); se publica como párrafo propio.","9 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","3238 artículos traen el epígrafe en la línea que sigue al rótulo ('ARTÍCULO 50.-' / 'De personas colectivas públicas'): se publica como epígrafe.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","8 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo bajo él van en nota_reforma de ese artículo.","3238 artículos con epígrafe.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Congreso del Estado de Tabasco» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","El documento abre con la lista de decretos de reforma; el articulado empieza después de la última entrada de esa lista.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('REFORMADA P.O. … '): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo o de una fracción: se conserva literal como párrafo propio.","La fuente no imprime la fecha de publicación original del código: enacted = null."]},"articulo":{"numero":"1289","clave":"1289","slug":"1289","epigrafe":"Extinción","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS BIENES Y DE LOS DERECHOS REALES","TITULO SÉPTIMO. DELAS SERVIDUMBRES","CAPITULO IX. DEL DERECHO DE SUPERFICIE"],"texto":"El derecho de superficie se extingue al vencerse el plazo, siendo aplicables las siguientes disposiciones:\n\nI.- El propietario del suelo adquiere la propiedad de la construcción;\n\nII.- Si en el título constitutivo se pactó una prestación en favor del superficiario, al extinguirse su derecho, debe el dueño del terreno cumplir aquélla;\n\nIII.- Con la extinción del derecho de superficie se extinguen los derechos reales establecidos por el superficiario;\n\nIV.- El dueño del suelo se substituye al superficiario en los contratos que éste haya celebrado con otras personas, respecto de la construcción y que, sin crear derechos reales, transmitan el uso total o parcial de éste. En el caso previsto en esta última fracción, será de dos años el plazo máximo durante el cual seguirán produciéndose, después de la extinción del derecho de superficie, los efectos del contrato celebrado por el superficiario, aún cuando en él se hubiere pactado un plazo mayor.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-1289/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-1289.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"1290","epigrafe":"Extinción por no construir","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-1290/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"1342","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-1342/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"1677","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1677/"},{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"1217","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-1217/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-civil","numero":"2210","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-2210/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"1053 Bis III","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-1053-bis-iii/"}]}},"cita":"Artículo 1289, Código Civil de Tabasco (Tabasco). Texto vigente, última reforma 2 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-1289/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}