{"ley":{"id":"tabasco/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tabasco","abreviatura":"CCTAB","titulo":"Código Civil para el Estado de Tabasco","jurisdiccion":"tabasco","materia":"civil","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-09-02","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tabasco","fuente":"H. Congreso del Estado de Tabasco — Leyes","fuente_url":"https://congresotabasco.gob.mx/leyes/","archivo_url":"https://congresotabasco.gob.mx/wp-content/uploads/2026/09/Codigo-Civil-para-el-Estado-de-Tabasco.pdf","sha256":"20809ea9c2a1b26c9096327c4c4113cb7925ad485b6a1b8272426f534c8c352d","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/","notas_verificacion":["Art. 9: el párrafo «Afectan directamente al interés público, …» empieza en la página siguiente a «… derecho renunciado» (sin punto en la fuente); se publica como párrafo propio.","9 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","3238 artículos traen el epígrafe en la línea que sigue al rótulo ('ARTÍCULO 50.-' / 'De personas colectivas públicas'): se publica como epígrafe.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","8 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo bajo él van en nota_reforma de ese artículo.","3238 artículos con epígrafe.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Congreso del Estado de Tabasco» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","El documento abre con la lista de decretos de reforma; el articulado empieza después de la última entrada de esa lista.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('REFORMADA P.O. … '): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo o de una fracción: se conserva literal como párrafo propio.","La fuente no imprime la fecha de publicación original del código: enacted = null."]},"articulo":{"numero":"1648","clave":"1648","slug":"1648","epigrafe":"Declaración de testigos","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. DE LAS SUCESIONES.","TITULO TERCERO. DE LA FORMA DE LOS TESTAMENTOS","CAPITULO V. DEL TESTAMENTO PRIVADO"],"texto":"Los testigos que concurren a un testamento deberán declarar circunstancialmente:\n\nI.- El lugar, la hora, el día, el mes y el año en que se otorgó el testamento;\n\nII.- Si reconocieron, vieron y oyeron claramente al testador;\n\nIII.- El tenor de la disposición;\n\nIV.- Si el testador estaba en su cabal juicio y libre de cualquiera coacción;\n\nV.- El motivo por el que se otorgó el testamento privado; y\n\nVI.- Si saben que el testador falleció o no de la enfermedad o en el peligro en que se hallaba.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-1648/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-1648.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"1649","epigrafe":"Conformidad de declaraciones","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-1649/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"1650","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-1650/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"1555","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-1555/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"1471","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-1471/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"2657","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-2657/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"1372","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-1372/"}]}},"cita":"Artículo 1648, Código Civil de Tabasco (Tabasco). Texto vigente, última reforma 2 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-1648/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}