{"ley":{"id":"tabasco/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tabasco","abreviatura":"CCTAB","titulo":"Código Civil para el Estado de Tabasco","jurisdiccion":"tabasco","materia":"civil","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-09-02","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tabasco","fuente":"H. Congreso del Estado de Tabasco — Leyes","fuente_url":"https://congresotabasco.gob.mx/leyes/","archivo_url":"https://congresotabasco.gob.mx/wp-content/uploads/2026/09/Codigo-Civil-para-el-Estado-de-Tabasco.pdf","sha256":"20809ea9c2a1b26c9096327c4c4113cb7925ad485b6a1b8272426f534c8c352d","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/","notas_verificacion":["Art. 9: el párrafo «Afectan directamente al interés público, …» empieza en la página siguiente a «… derecho renunciado» (sin punto en la fuente); se publica como párrafo propio.","9 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","3238 artículos traen el epígrafe en la línea que sigue al rótulo ('ARTÍCULO 50.-' / 'De personas colectivas públicas'): se publica como epígrafe.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","8 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo bajo él van en nota_reforma de ese artículo.","3238 artículos con epígrafe.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Congreso del Estado de Tabasco» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","El documento abre con la lista de decretos de reforma; el articulado empieza después de la última entrada de esa lista.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('REFORMADA P.O. … '): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo o de una fracción: se conserva literal como párrafo propio.","La fuente no imprime la fecha de publicación original del código: enacted = null."]},"articulo":{"numero":"335","clave":"335","slug":"335","epigrafe":"Filiación del hijo de segundas nupcias","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TITULO OCTAVO. DE LA FILIACIÓN","CAPITULO II. DE LAS PRESUNCIONES DE PATERNIDAD"],"texto":"Si la viuda, la divorciada o la señora cuyo matrimonio fue declarado nulo contrajera segundas nupcias dentro del período prohibido por el artículo 161, la filiación del hijo que naciere después de celebrado el segundo matrimonio se establecerá conforme a las reglas siguientes:\n\nI.- Se presume que el hijo es del primer marido, si nace dentro de los trescientos días siguientes a la disolución del primer matrimonio, y antes de ciento ochenta días de la celebración del segundo;\n\nII.- Se presume que es hijo del segundo marido, si nació después de ciento ochenta días de la celebración del segundo matrimonio, aunque el nacimiento suceda dentro de los trescientos días posteriores a la disolución del primer matrimonio; y\n\nIII.- Si nace después de los trescientos días siguientes a la disolución del primer matrimonio y antes de los ciento ochenta días contados desde la celebración del segundo matrimonio, la ley no establece presunción alguna de paternidad.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-335/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-335.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"336","epigrafe":"Obligación de probar imposibilidad de la paternidad","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-336/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"334","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-334/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"331","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-331/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"322","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-322/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"535","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-535/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-civil","numero":"876","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-876/"}]}},"cita":"Artículo 335, Código Civil de Tabasco (Tabasco). Texto vigente, última reforma 2 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-335/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}