{"ley":{"id":"tabasco/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tabasco","abreviatura":"CPTAB","titulo":"Código Penal para el Estado de Tabasco","jurisdiccion":"tabasco","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-09-12","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tabasco","fuente":"H. Congreso del Estado de Tabasco — Leyes","fuente_url":"https://congresotabasco.gob.mx/leyes/","archivo_url":"https://congresotabasco.gob.mx/wp-content/uploads/2026/09/Codigo-Penal-para-el-Estado-de-Tabasco.pdf","sha256":"b3f0e623cae08cf93d827b773b08fbdaf01b075291e90477139ab5db7c891477","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/","notas_verificacion":["3 notas de invalidez de la SCJN ('Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN …', impresas en dos líneas antes del rótulo) van en nota_reforma del artículo que sigue (arts. 196 Bis, 299, 308 Bis).","80 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","162 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo bajo él van en nota_reforma de ese artículo.","2 notas de la denominación de un encabezado ('ADICIONADA SU DENOMINACION A P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Congreso del Estado de Tabasco» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","El documento abre con la lista de decretos de reforma; el articulado empieza después de la última entrada de esa lista.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('REFORMADA P.O. … '): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo o de una fracción: se conserva literal como párrafo propio.","La fuente no imprime la fecha de publicación original del código: enacted = null.","Rótulos con erratas de la fuente que se leen como rótulo: 'Artículos 135.' (en plural), 'Artículo. 348.' y 'Artículo 304. Quater.' (se publica como 304 Quater)."]},"articulo":{"numero":"115 Bis","clave":"115bis","slug":"115-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TITULO PRIMERO. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA SALUD PERSONAL","CAPITULO I. HOMICIDIO"],"texto":"Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:\n\nI. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;\n\nII. El cuerpo o los restos de la víctima presenten heridas, traumatismos, escoriaciones, contusiones, decapitamiento, desollamiento, fracturas, dislocaciones, cortes, quemaduras, signos de asfixia, estrangulamiento, tortura, desmembramiento de partes del cuerpo o cualquier tipo de lesiones o mutilaciones, internas o externas, infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;\n\nIII. Existan datos, antecedentes o indicios, denunciados o no, que establezcan que hubo amenazas, agresiones, intimidación, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima, incluidas aquellas encaminadas a limitar, anular o menoscabar los derechos políticos y electorales de la víctima o el ejercicio de un cargo político, público, de poder o de decisión;\n\nIV. El cuerpo o restos de la víctima sean expuestos, exhibidos, depositados, arrojados o enterrados en un lugar público, paraje despoblado o de libre concurrencia;\n\nV. Existan antecedentes, indicios o datos, denunciados o no, de cualquier tipo de violencia, en el ámbito familiar, laboral, escolar, vecinal o comunitario del sujeto activo en contra de la víctima;\n\nVI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;\n\nVII. Exista o haya existido, entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza, de parentesco por consanguinidad, por afinidad o civil, matrimonio, concubinato, sociedad de convivencia, cohabitación, noviazgo o cualquier otra relación de hecho o amistad; y\n\nVIII. Exista o haya existido entre el sujeto activo y la víctima, una relación laboral, docente, religiosa, institucional o cualquier otra que implique, de manera formal o, de hecho, una relación de subordinación o superioridad; o la pena se agravará hasta en una tercera parte de su mínimo y máximo, según las características del mismo, cuando concurra cualquiera de las siguientes circunstancias:\n\n1. Cuando el sujeto activo haya obligado a la víctima a ejercer la prostitución o haya ejercido actos de explotación o trata de personas en agravio de la víctima;\n\n2. Cuando una persona servidora pública, valiéndose de esta calidad, sea el sujeto activo o haya intervenido en cualquiera de las etapas del delito;\n\n3. Cuando el delito sea cometido por dos o más personas;\n\n4. Cuando el sujeto activo, con motivo de su cargo, encargo o situación personal, tenga la obligación o el deber de cuidado sobre la víctima;\n\n5. El sujeto activo se haya valido de su oficio como conductor de un vehículo de transporte de pasajeros o de turismo, público o privado, para la comisión del delito; o\n\n6. Cuando la víctima sea mujer menor de edad, embarazada, adulta mayor o con discapacidad física o motora, sensorial, intelectual, mental, psicosocial o múltiple.\n\nA quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa.\n\nAdemás de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.\n\nEl sujeto activo, además de las penas previstas en este artículo, será condenado a la pérdida de la patria potestad, en el caso de que tenga hijas o hijos con la víctima y se ordenará a las autoridades competentes la protección, prestación de servicios de ayuda inmediata, asistencia, atención y reparación integral del daño de las niñas, niños y adolescentes que hubiesen quedado en situación de orfandad por feminicidio.\n\nToda muerte violenta de una mujer, incluidas aquellas que en principio parecieran haber sido causadas por motivos criminales, suicidio y algunos accidentes, deben investigarse como probable feminicidio.\n\nCuando no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.\n\nA la persona servidora pública que, tratándose de la muerte violenta de una mujer, omita iniciar la investigación como probable feminicidio, filtre información, fotos, videos y evidencias de la investigación, retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia, se le impondrá pena de cinco a ocho años de prisión y de quinientos a mil quinientos días multa. Además, será destituida e inhabilitada de cinco a diez años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.\n\nSi además del feminicidio, resulta delito diverso, se sujetará a las reglas del concurso de delitos.","nota":"REFORMADA P.O. 8688 SPTO. K 10-DIC-2025\n\nREFORMADA P.O. 8125 SPTO. C 18-JULIO-2020\n\nREFORMADA P.O. 7313 SPTO. H 06-OCTUBRE-2012\n\nADICIONADA P.O. 7257 SPTO. F 24-MARZO-2012","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/articulo-115-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/articulo-115-bis.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"oaxaca/codigo-penal","numero":"411","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-411/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"337 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-337-bis/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"325","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-325/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"213 Quintus","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-213-quintus/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"126 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-126-bis/"}]}},"cita":"Artículo 115 Bis, Código Penal de Tabasco (Tabasco). Texto vigente, última reforma 12 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/articulo-115-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}