{"ley":{"id":"tabasco/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tabasco","abreviatura":"CPTAB","titulo":"Código Penal para el Estado de Tabasco","jurisdiccion":"tabasco","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-09-12","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tabasco","fuente":"H. Congreso del Estado de Tabasco — Leyes","fuente_url":"https://congresotabasco.gob.mx/leyes/","archivo_url":"https://congresotabasco.gob.mx/wp-content/uploads/2026/09/Codigo-Penal-para-el-Estado-de-Tabasco.pdf","sha256":"b3f0e623cae08cf93d827b773b08fbdaf01b075291e90477139ab5db7c891477","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/","notas_verificacion":["3 notas de invalidez de la SCJN ('Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN …', impresas en dos líneas antes del rótulo) van en nota_reforma del artículo que sigue (arts. 196 Bis, 299, 308 Bis).","80 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","162 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo bajo él van en nota_reforma de ese artículo.","2 notas de la denominación de un encabezado ('ADICIONADA SU DENOMINACION A P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Congreso del Estado de Tabasco» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","El documento abre con la lista de decretos de reforma; el articulado empieza después de la última entrada de esa lista.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('REFORMADA P.O. … '): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo o de una fracción: se conserva literal como párrafo propio.","La fuente no imprime la fecha de publicación original del código: enacted = null.","Rótulos con erratas de la fuente que se leen como rótulo: 'Artículos 135.' (en plural), 'Artículo. 348.' y 'Artículo 304. Quater.' (se publica como 304 Quater)."]},"articulo":{"numero":"159 Bis 1","clave":"159bis1","slug":"159-bis-1","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TITULO CUARTO. DELITOS CONTRA LA LIBERTAD Y LA SEGURIDAD SEXUALES Y EL NORMAL DESARROLLO PSICOSEXUAL.","CAPÍTULO V BIS. ACOSO SEXUAL"],"texto":"Se impondrá prisión de dos a cuatro años a quien:\n\nREFORMADA P.O. 8688 SPTO. I 10-DICIEMBRE-2025\n\nI. Asedie, con fines lascivos o sexuales a una persona sin su consentimiento, independientemente de que el asedio lo realice en uno o varios eventos, de forma esporádica o reiterada, por medio de expresiones verbales, gestuales o corporales, o con insinuaciones de índole sexual; y\n\nREFORMADA P.O. 8688 SPTO. I 10-DICIEMBRE-2025\n\nII. Al que cometa el delito de acoso sexual, en instalaciones, vehículos destinados al transporte público de pasajeros o en cualquier otro lugar público o privado.\n\nSi el sujeto activo realiza cualquiera de las conductas previstas en este artículo aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente para la víctima, la pena prevista en el párrafo primero se incrementará hasta en una mitad.\n\nSi la víctima del delito de acoso sexual fuera menor de edad o una persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aún con su consentimiento; o que por cualquier causa no pueda resistirlo, se aumentará la pena prevista en el párrafo primero en una mitad.\n\nADICIONADA P.O. 8688 SPTO. I 10-DICIEMBRE-2025\n\nLa penalidad de este delito se impondrá, independientemente de la que se le imponga por los delitos que se cometan con motivo del acoso sexual.\n\nDerogada P.O. 7313 SPTO. H 06-OCTUBRE-2012\n\nADICIONADA P.O. 7206 SPTO. F 28-SEPTIEMBRE-2011\n\nSE DEROGA","nota":"REFORMADO P.O. 8381 SPTO.MM 31-DICIEMBRE-2022\n\nREFORMADA P.O. 7206 SPTO. 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Texto vigente, última reforma 12 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/articulo-159-bis-1/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}