{"ley":{"id":"tabasco/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tabasco","abreviatura":"CPTAB","titulo":"Código Penal para el Estado de Tabasco","jurisdiccion":"tabasco","materia":"penal","publicacion_original":null,"ultima_reforma":"2026-09-12","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tabasco","fuente":"H. Congreso del Estado de Tabasco — Leyes","fuente_url":"https://congresotabasco.gob.mx/leyes/","archivo_url":"https://congresotabasco.gob.mx/wp-content/uploads/2026/09/Codigo-Penal-para-el-Estado-de-Tabasco.pdf","sha256":"b3f0e623cae08cf93d827b773b08fbdaf01b075291e90477139ab5db7c891477","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/","notas_verificacion":["3 notas de invalidez de la SCJN ('Artículo declarado inválido por sentencia de la SCJN …', impresas en dos líneas antes del rótulo) van en nota_reforma del artículo que sigue (arts. 196 Bis, 299, 308 Bis).","80 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","162 notas de reforma impresas entre un encabezado y el primer rótulo bajo él van en nota_reforma de ese artículo.","2 notas de la denominación de un encabezado ('ADICIONADA SU DENOMINACION A P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Leyes); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «Congreso del Estado de Tabasco» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","El documento abre con la lista de decretos de reforma; el articulado empieza después de la última entrada de esa lista.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('REFORMADA P.O. … '): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo o de una fracción: se conserva literal como párrafo propio.","La fuente no imprime la fecha de publicación original del código: enacted = null.","Rótulos con erratas de la fuente que se leen como rótulo: 'Artículos 135.' (en plural), 'Artículo. 348.' y 'Artículo 304. Quater.' (se publica como 304 Quater)."]},"articulo":{"numero":"34","clave":"34","slug":"34","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO","PARTE GENERAL","TITULO TERCERO. PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD","CAPITULO IX. REPARACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS"],"texto":"Quien se considere con derecho a la reparación de daños y perjuicios, que no pueda obtener ante la jurisdicción penal, en virtud de no ejercicio de la acción por el Ministerio Público o libertad por falta de elementos para procesar, podrá recurrir a la vía civil en los términos de la legislación correspondiente.\n\nREFORMADA P.O. 7313 SPTO. H 06-OCTUBRE-2012\n\nCuando se sobresea en el proceso penal o se dicte sentencia absolutoria, el órgano jurisdiccional correspondiente, a solicitud de la parte interesada, de ser procedente, continuará conociendo en lo relativo a la reparación de daños y perjuicios, hasta dictar resolución, si existe título jurídico civil que justifique el resarcimiento.\n\nREFORMADA P.O. 7313 SPTO. H 06-OCTUBRE-2012\n\n(REFORMADO, P.O. SUPLEMENTO 09 DE NOVIEMBRE DEL 2002)\n\nSiempre que sea procedente, el Ministerio Público estará obligado a solicitar la reparación del daño y el órgano jurisdiccional a imponer la pena correspondiente en todos los casos en que emita sentencia condenatoria.\n\nREFORMADA P.O. 7313 SPTO. H 06-OCTUBRE-2012\n\nEn el supuesto del párrafo anterior, cuando el órgano jurisdiccional correspondiente, no advierta en autos elementos para determinar el monto de la reparación del daño, se procederá en términos de lo dispuesto en la ley aplicable.\n\nREFORMADA P.O. 7313 SPTO. H 06-OCTUBRE-2012\n\nLas cantidades mínimas por concepto de reparación del daño previstas en este artículo no surtirán ningún efecto para determinar la procedencia de la garantía económica.\n\nREFORMADA P.O. 7313 SPTO. H 06-OCTUBRE-2012\n\nEn los casos de homicidio o lesiones que causen incapacidad total permanente, la indemnización consistirá en el pago de la cantidad de mil cuatrocientos sesenta días de salario, sueldo o utilidad que percibía la víctima y a falta de esas pruebas, el pago se acordará tomando como base el salario mínimo general vigente en la fecha de la comisión del delito.\n\nEn caso de lesiones, si en autos no se acredita la incapacidad permanente o la duración de la incapacidad temporal para trabajar, se impondrán por concepto de reparación del daño, las siguientes condenas:\n\nI.- Cuando las lesiones no pongan en peligro la vida y tarden en sanar hasta quince días; treinta días de salario;\n\nII.- Cuando las lesiones no pongan en peligro la vida y tarden en sanar más de quince días; noventa días de salario; y\n\nIII.- Cuando las lesiones pongan en peligro la vida; ciento ochenta días de salario.\n\nREFORMADA P.O. 7313 SPTO. H 06-OCTUBRE-2012\n\n(ADICIONADA P.O. 3 DE MAYO DEL 2003)\n\nPara efectos de la imposición de estas sanciones, no es necesario acreditar que la víctima u ofendido laboraba, antes de ocurrir los hechos que motivaron el proceso penal, ni que con posterioridad a éstos ya no pudo desempeñar su trabajo.\n\n(REFORMADO P.O. 3 DE MAYO DEL 2003)\n\nTratándose del delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, como reparación del daño se condenará al pago de las cantidades por concepto de alimentos no suministradas oportunamente.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/articulo-34/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/articulo-34.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"quintana-roo/codigo-penal","numero":"29","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-29/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"42","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-42/"},{"ley":"queretaro/codigo-penal","numero":"36","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-penal/articulo-36/"},{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"36","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-36/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"47-Quater","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-47-quater/"}]}},"cita":"Artículo 34, Código Penal de Tabasco (Tabasco). Texto vigente, última reforma 12 sep 2026. https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-penal/articulo-34/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}