{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tamaulipas","abreviatura":"CCTAMPS","titulo":"Código Civil para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"civil","publicacion_original":"1987-01-10","ultima_reforma":"2026-03-30","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. Congreso del Estado de Tamaulipas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/LegislacionEstatal/LegislacionVigente/Vigente.asp?idtipoArchivo=2","archivo_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/Parlamentario/Archivos/Codigos/Codigo%20Civil%20para%20el%20Estado%20de%20Tamaulipas%2030-03-2026-.pdf","sha256":"d814881058acca8eba505aee6e117ae555f9217fe5530a7970b9a51c984c7b53","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado, P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","97 notas de reforma con su liga al Periódico Oficial en la línea siguiente se leen como un párrafo ('Artículo reformado, P.O. … https://po.tamaulipas.gob.mx/…'); 1 de ellas el PDF las parte en dos o más líneas.","número de artículo repetido en la fuente: 268 (orden 274 y 275); el segundo se publica con clave '268-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación vigente, Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"1541","clave":"1541","slug":"1541","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. DE LAS OBLIGACIONES","TÍTULO QUINTO. DE LA INEXISTENCIA Y NULIDAD"],"texto":"Los efectos restitutorios de la nulidad se sujetarán a las reglas siguientes: I.- La restitución será absoluta, operando en forma retroactiva integral, para los actos instantáneos susceptibles de reposición;\n\nII.- La restitución será parcial, operando para el futuro en los actos de tracto sucesivo que no sean susceptibles de reposición. Si lo fueren se aplicará la regla anterior;\n\nIII.- La restitución es inoperante respecto a las partes en los actos que implican situaciones irreparablemente consumadas. En este caso se aplicarán las reglas del enriquecimiento sin causa;\n\nIV.- La restitución de las prestaciones no podrá hacerse en perjuicio de terceros de buena fe, pero se aplicará lo dispuesto en la parte final de la fracción anterior, para evitar un enriquecimiento sin causa;\n\nV.- La restitución es inoperante respecto de situaciones jurídicas consolidadas por la prescripción positiva, respecto de una de las partes o de ambas.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-1541/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-1541.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"1542","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-1542/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"sonora/codigo-civil","numero":"94","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-civil/articulo-94/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"1944","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-1944/"},{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"52","epigrafe":"REGLAS SOBRE LOS EFECTOS RESTITUTORIOS DE LA NULIDAD","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-52/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"2148","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-2148/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"2010","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-2010/"}]}},"cita":"Artículo 1541, Código Civil de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 30 mar 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-1541/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}