{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tamaulipas","abreviatura":"CCTAMPS","titulo":"Código Civil para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"civil","publicacion_original":"1987-01-10","ultima_reforma":"2026-03-30","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. 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Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"165","clave":"165","slug":"165","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TÍTULO TERCERO. DEL MATRIMONIO Y EL CONCUBINATO","CAPÍTULO VI. DE LA SOCIEDAD CONVENCIONAL"],"texto":"Las capitulaciones matrimoniales en que se establezca la sociedad convencional, deberán contener:\n\nI.- El inventario de los bienes que pertenezcan a cada consorte al momento de constituirse la sociedad, con la expresión de su valor y gravámenes;\n\nII.- Nota pormenorizada de las deudas que tenga cada esposo al celebrar el matrimonio, con expresión de si la sociedad ha de responder de ellas, o únicamente de las que se contraigan durante el matrimonio, ya sea por ambos consortes o por cualquiera de ellos;\n\nIII.- La declaración expresa de si la sociedad ha de comprender todos los bienes de cada consorte o sólo parte de ellos, precisando en este último caso cuáles son los bienes que hayan de entrar a la sociedad;\n\nIV.- La declaración explícita de si los frutos y los productos que generen los bienes propios o aportados, formarán parte de la sociedad conyugal;\n\nV.- La declaración de si el producto del trabajo de cada consorte corresponde exclusivamente al que lo ejecutó, o si debe dar participación de ese producto al otro consorte y en qué proporción;\n\nVI.- La declaración acerca de si los bienes futuros que adquieran los cónyuges durante el matrimonio pertenecen exclusivamente al adquirente, o si deben repartirse entre ellos y en qué proporción;\n\nVII.- La declaración terminante acerca de quién debe ser el administrador de la sociedad, expresándose con claridad las facultades que se le conceden;\n\nVIII.- Las bases para liquidar la sociedad.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-165/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-165.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"262 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-262-bis/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"186","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-186/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"186","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-186/"},{"ley":"codigo-civil-federal","numero":"189","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-civil-federal/articulo-189/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"189","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-189/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"177","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-177/"}]}},"cita":"Artículo 165, Código Civil de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 30 mar 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-165/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}