{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tamaulipas","abreviatura":"CCTAMPS","titulo":"Código Civil para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"civil","publicacion_original":"1987-01-10","ultima_reforma":"2026-03-30","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. 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Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"2420","clave":"2420","slug":"2420","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. DE LAS SUCESIONES","TÍTULO SEGUNDO. DE LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA","CAPÍTULO II. DE LA CAPACIDAD PARA TESTAR"],"texto":"Es válido el testamento otorgado por una persona que presente discapacidad intelectual en un intervalo de lucidez, con tal de que al efecto se acaten las indicaciones siguientes:\n\nI.- El tutor, o en defecto de éste cualquier pariente de aquél, solicitará por escrito al juez competente que designe dos médicos, de preferencia especialistas en la materia, para que examinen a la persona con discapacidad y dictaminen acerca de su estado. El juez está obligado a asistir al examen de la persona con discapacidad, y podrá hacerle cuantas preguntas estime convenientes, a fin de cerciorarse de su capacidad para testar;\n\nII.- Se hará constar en acta formal el resultado del reconocimiento, y si éste fuera favorable, se procederá desde luego al otorgamiento de testamento ante notario público, con todas las formalidades que se requieren para los testamentos públicos abiertos;\n\nIII.- Firmarán el acta, además del notario y los testigos, el juez y los médicos que hayan intervenido en el reconocimiento, asentándose en la parte final del testamento razón expresa de que durante todo el acto conservó el testador perfecta lucidez.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-2420/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-2420.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"2575","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-2575/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"2678","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-2678/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"2564","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2564/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"3068","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-3068/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"1201","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1201/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-civil","numero":"1124","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-1124/"}]}},"cita":"Artículo 2420, Código Civil de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 30 mar 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-2420/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}