{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tamaulipas","abreviatura":"CCTAMPS","titulo":"Código Civil para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"civil","publicacion_original":"1987-01-10","ultima_reforma":"2026-03-30","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. Congreso del Estado de Tamaulipas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/LegislacionEstatal/LegislacionVigente/Vigente.asp?idtipoArchivo=2","archivo_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/Parlamentario/Archivos/Codigos/Codigo%20Civil%20para%20el%20Estado%20de%20Tamaulipas%2030-03-2026-.pdf","sha256":"d814881058acca8eba505aee6e117ae555f9217fe5530a7970b9a51c984c7b53","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado, P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","97 notas de reforma con su liga al Periódico Oficial en la línea siguiente se leen como un párrafo ('Artículo reformado, P.O. … https://po.tamaulipas.gob.mx/…'); 1 de ellas el PDF las parte en dos o más líneas.","número de artículo repetido en la fuente: 268 (orden 274 y 275); el segundo se publica con clave '268-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación vigente, Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"2693","clave":"2693","slug":"2693","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO QUINTO. DE LAS SUCESIONES","TÍTULO CUARTO. DE LA SUCESIÓN LEGÍTIMA","CAPÍTULO VI. DE LA SUCESIÓN DE LOS CONCUBINOS"],"texto":"La persona con quien el autor de la herencia haya convivido como si fuera su cónyuge durante por lo menos los dos años que precedieron inmediatamente a su muerte o con quien haya procreado descendencia, siempre que ambos hayan permanecido libres de matrimonio durante el concubinato, heredarán en las mismas porciones y orden que para el cónyuge supérstite establecen los artículos 2683 a 2687 de este Código.\n\nArtículo Reformado, P.O. No. 72, del 15 de junio de 2023 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2023/06/cxlviii-72-150623.pdf","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-2693/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-2693.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"jalisco/codigo-civil","numero":"2941","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-civil/articulo-2941/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"1522","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-1522/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"1532","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-1532/"},{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"2873","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-2873/"},{"ley":"coahuila/codigo-civil","numero":"1043","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-civil/articulo-1043/"}]}},"cita":"Artículo 2693, Código Civil de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 30 mar 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-2693/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}