{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tamaulipas","abreviatura":"CCTAMPS","titulo":"Código Civil para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"civil","publicacion_original":"1987-01-10","ultima_reforma":"2026-03-30","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. Congreso del Estado de Tamaulipas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/LegislacionEstatal/LegislacionVigente/Vigente.asp?idtipoArchivo=2","archivo_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/Parlamentario/Archivos/Codigos/Codigo%20Civil%20para%20el%20Estado%20de%20Tamaulipas%2030-03-2026-.pdf","sha256":"d814881058acca8eba505aee6e117ae555f9217fe5530a7970b9a51c984c7b53","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado, P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","97 notas de reforma con su liga al Periódico Oficial en la línea siguiente se leen como un párrafo ('Artículo reformado, P.O. … https://po.tamaulipas.gob.mx/…'); 1 de ellas el PDF las parte en dos o más líneas.","número de artículo repetido en la fuente: 268 (orden 274 y 275); el segundo se publica con clave '268-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación vigente, Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"332","clave":"332","slug":"332","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DE LAS PERSONAS","TÍTULO QUINTO. DE LA FILIACIÓN Y PATERNIDAD","CAPÍTULO II. DE LA PATERNIDAD Y PRUEBA DE LA FILIACIÓN"],"texto":"Cuando el padre o la madre reconozcan separadamente a un hijo habido fuera del matrimonio, no podrán revelar en el acto del reconocimiento el nombre de la persona con quien fue procreado, ni exponer ninguna circunstancia por la que aquélla pueda ser reconocida. Las palabras que contengan la revelación se testarán de oficio, de modo que queden absolutamente ilegibles, salvo los casos en los que sea la madre quien comparezca ante la Oficialía del Registro Civil correspondiente, dentro de los seis meses siguientes a partir del nacimiento y manifieste el no reconocimiento del padre y solicite se inicie el procedimiento administrativo sobre presunción de paternidad en términos de la ley de la materia. En cuyo caso, y de declararse procedente la presunción de paternidad en contra de determinada persona, se procederá a realizar la anotación marginal en el acta de nacimiento correspondiente en términos de la ley de la materia.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-332/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-332.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"333","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-333/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"guanajuato/codigo-civil","numero":"426","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-civil/articulo-426/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"78","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-78/"},{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"559","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-559/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"367","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-367/"},{"ley":"chihuahua/codigo-civil","numero":"347","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-civil/articulo-347/"}]}},"cita":"Artículo 332, Código Civil de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 30 mar 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-332/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}