{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tamaulipas","abreviatura":"CPTAMPS","titulo":"Código Penal para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"penal","publicacion_original":"1986-12-20","ultima_reforma":"2026-10-12","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. Congreso del Estado de Tamaulipas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/LegislacionEstatal/LegislacionVigente/Vigente.asp?idtipoArchivo=2","archivo_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/Parlamentario/Archivos/Codigos/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Tamaulipas%2012%20de%20octubre%20del%202026.pdf","sha256":"f5614c6453fc18a47518418955aad0bba7f098133f0d0b7c634981a3a29a4687","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado, P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","295 notas de reforma con su liga al Periódico Oficial en la línea siguiente se leen como un párrafo ('Artículo reformado, P.O. … https://po.tamaulipas.gob.mx/…'); 0 de ellas el PDF las parte en dos o más líneas.","1 artículo(s) declarados inválidos impresos entre corchetes ('[ARTÍCULO 22.- …]'): se lee el rótulo y el corchete de apertura queda al inicio del texto.","4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación vigente, Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"254 Bis","clave":"254bis","slug":"254-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO UNDÉCIMO. DELITOS CONTRA LA FE PÚBLICA","CAPÍTULO IV. FALSEDAD EN DECLARACIONES Y EN INFORMES DADOS A UNA AUTORIDAD"],"texto":"Se impondrán de ocho meses a ocho años de prisión y multa de cien a trescientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, al que con el propósito de obtener sentencia, resolución o acto administrativo en la que se derive un perjuicio o un beneficio indebido o mayor del que legalmente corresponde, simule un acto jurídico, un acto o escrito judicial o altere elementos de prueba y los presente en juicio, o realice cualquier otro acto tendente a inducir a error a la autoridad judicial o administrativa.\n\nPárrafo reformado, P.O. Extraordinario No. 42, del 29 de septiembre del 2025 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/09/cl-Ext-No.42-290925.pdf\n\nDe verificarse el perjuicio o los beneficios a que se refiere el primer párrafo, las penas se incrementarán hasta en dos tercios.\n\nA quien, ante autoridad judicial o administrativa, por escrito, en forma oral o por cualquier medio, falte a la verdad, oculte o altere hechos o sus circunstancias, para obtener un beneficio o causar un perjuicio a otro, se impondrán de dos a ocho años de prisión y multa de cien a trescientas veces el valor diario de Medida y Actualización.\n\nPárrafo adicionado, P.O. No. 19, del 12 de febrero de 2026 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2026/02/cli-19-120226.pdf\n\nSi en el hecho se involucran derechos de menores de edad, la sanción se aumentará de uno a tres años de prisión.\n\nPárrafo adicionado, P.O. No. 19, del 12 de febrero de 2026 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2026/02/cli-19-120226.pdf\n\nCuando en la comisión de este delito intervenga de forma directa o indirecta un licenciado en Derecho o litigante legalmente autorizado, además se le suspenderá en el ejercicio profesional o en la actividad indicada, por un término igual al de la prisión impuesta, haciéndose lo anterior del conocimiento de la autoridad que corresponda para la vigilancia de la pena impuesta.\n\nPárrafo recorrido en su orden natural, P.O. No. 19, del 12 de febrero de 2026 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2026/02/cli-19-120226.pdf\n\nLas penas a que se refiere este artículo se aumentarán desde un tercio y hasta en una mitad del mínimo y máximo, cuando el delito sea cometido por personas servidoras públicas de las instituciones de seguridad pública.\n\nPárrafo recorrido en su orden natural, P.O. 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Texto vigente, última reforma 12 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-254-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}