{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tamaulipas","abreviatura":"CPTAMPS","titulo":"Código Penal para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"penal","publicacion_original":"1986-12-20","ultima_reforma":"2026-10-12","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. Congreso del Estado de Tamaulipas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/LegislacionEstatal/LegislacionVigente/Vigente.asp?idtipoArchivo=2","archivo_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/Parlamentario/Archivos/Codigos/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Tamaulipas%2012%20de%20octubre%20del%202026.pdf","sha256":"f5614c6453fc18a47518418955aad0bba7f098133f0d0b7c634981a3a29a4687","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado, P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","295 notas de reforma con su liga al Periódico Oficial en la línea siguiente se leen como un párrafo ('Artículo reformado, P.O. … https://po.tamaulipas.gob.mx/…'); 0 de ellas el PDF las parte en dos o más líneas.","1 artículo(s) declarados inválidos impresos entre corchetes ('[ARTÍCULO 22.- …]'): se lee el rótulo y el corchete de apertura queda al inicio del texto.","4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación vigente, Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"32","clave":"32","slug":"32","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO","PARTE GENERAL","TÍTULO TERCERO. CAUSAS QUE EXCLUYEN EL DELITO Y LA RESPONSABILIDAD","CAPÍTULO II. CAUSAS DE JUSTIFICACIÓN"],"texto":"Son causas de justificación, las siguientes:\n\nI.- Cuando exista consentimiento válido del titular del bien jurídico, o del legitimado jurídicamente para otorgarlo, y siempre que el bien jurídico afectado sea de aquellos de que puedan disponer libremente los particulares;\n\nII.- Obrar en defensa de bienes jurídicos propios o ajenos, repeliendo una agresión real, violenta, actual, sin derecho y de la cual resulte un peligro inminente, a no ser que se pruebe que intervino alguna de las circunstancias siguientes:\n\na).- PRIMERA: Que el agredido provocó la agresión, dando causa inmediata y suficiente para ella;\n\nb).- SEGUNDA: Que previó la agresión y pudo fácilmente evitarla por otros medios legales;\n\nc).- TERCERA: Que no hubo necesidad racional del medio empleado en la defensa; y\n\nd).- CUARTA: Que el daño que iba a causar el agresor, era fácilmente reparable después por medios legales o era notoriamente de poca importancia comparado con el que causó la defensa.\n\nSe presumirá que concurren los requisitos de la legítima defensa, salvo prueba en contrario, respecto de aquél que cause un daño a quien a través de la violencia, del escalamiento o por cualquier otro medio, trate de penetrar, sin derecho, a su hogar, al de su familia, a sus dependencias o a los de cualquier persona que tenga el mismo deber de defender o al sitio donde se encuentren bienes propios o ajenos respecto de los que tenga la misma obligación; o bien, lo encuentre en alguno de aquellos lugares en circunstancias tales que revelen la posibilidad de una agresión. En los casos relacionados con mujeres víctimas de violencia de género, se deberá juzgar en todo momento bajo esta perspectiva.\n\nPárrafo Reformado, P.O. No. 61, del 21 de mayo de 2025 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/05/cl-61-210525.pdf\n\nTambién se considerará legítima defensa cuando una persona actúe para proteger a una mujer que se encuentre en una situación de violencia de género, abarcando la violencia física, sexual y/o feminicida, conforme a lo previsto en la legislación general y local en la materia, y cause un daño al agresor, con el propósito de hacer cesar dicha conducta.\n\nPárrafo adicionado, P.O. No. 61, del 21 de mayo de 2025 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/05/cl-61-210525.pdf\n\nIII.- La necesidad de salvaguardar un bien jurídico propio o ajeno de un peligro real, grave, actual o inminente, y no previsto por el agente, siempre que no exista otro medio practicable y menos perjudicial y el bien sacrificado sea de menor jerarquía que el protegido;\n\nNo se considerará que obre en estado de necesidad, aquél que por su empleo o cargo tenga el deber legal de afrontar el peligro;\n\nIV.- Obrar en cumplimiento de un deber o en el ejercicio de un derecho, consignados expresamente en la ley; y\n\nV.- Contravenir lo dispuesto en una ley penal, dejando de hacer lo que manda, por un impedimento legítimo.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-32/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-32.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"34","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-34/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"56","epigrafe":"Causas de licitud","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-56/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"15","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-15/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"23","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-23/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"26","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-26/"},{"ley":"guerrero/codigo-penal","numero":"31","epigrafe":"Causas de exclusión del delito","url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-31/"}]}},"cita":"Artículo 32, Código Penal de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 12 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-32/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}