{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tamaulipas","abreviatura":"CPTAMPS","titulo":"Código Penal para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"penal","publicacion_original":"1986-12-20","ultima_reforma":"2026-10-12","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. Congreso del Estado de Tamaulipas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/LegislacionEstatal/LegislacionVigente/Vigente.asp?idtipoArchivo=2","archivo_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/Parlamentario/Archivos/Codigos/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Tamaulipas%2012%20de%20octubre%20del%202026.pdf","sha256":"f5614c6453fc18a47518418955aad0bba7f098133f0d0b7c634981a3a29a4687","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado, P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","295 notas de reforma con su liga al Periódico Oficial en la línea siguiente se leen como un párrafo ('Artículo reformado, P.O. … https://po.tamaulipas.gob.mx/…'); 0 de ellas el PDF las parte en dos o más líneas.","1 artículo(s) declarados inválidos impresos entre corchetes ('[ARTÍCULO 22.- …]'): se lee el rótulo y el corchete de apertura queda al inicio del texto.","4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación vigente, Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"368 Bis","clave":"368bis","slug":"368-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO DÉCIMO SEXTO. DELITOS CONTRA LA VIDA Y LA SALUD DE LAS PERSONAS","CAPÍTULO X. VIOLENCIA FAMILIAR"],"texto":"Comete el delito de violencia familiar quien por acción u omisión ejerza cualquier tipo de violencia y/o maltrato físico, psicológico, patrimonial, económico o sexual contra cualquier otro miembro de la familia con el que se encuentre o haya estado unido por vínculo matrimonial, de parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, concubinato, o que mantenga o haya mantenido una relación de hecho dentro o fuera del domicilio familiar.\n\nPárrafo reformado, P.O. Extraordinario No. 19, del 28 de marzo del 2025 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/cl-Ext-No.19-280325.pdf\n\nPara los efectos de este capítulo, se considera miembro de familia:\n\na) El cónyuge o concubino;\n\nb) Los parientes consanguíneos en línea recta ascendente o descendente sin limitación de grado;\n\nc) Los parientes colaterales consanguíneos o afines hasta el cuarto grado;\n\nd) Adoptantes o adoptados; y\n\ne) El incapaz sobre el que se es tutor o curador.\n\nPara los efectos de este artículo, se entenderán por tipos de violencia y/o maltrato los previstos por los artículos 3, de la Ley de Prevención de la Violencia Familiar del Estado de Tamaulipas y 3, de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres\n\nPárrafo adicionado, P.O. No. 05, del 10 de enero de 2024 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/01/cxlix-05-100124.pdf\n\nPárrafo reformado, P.O. Extraordinario No. 19, del 28 de marzo del 2025 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/cl-Ext-No.19-280325.pdf\n\nA quien cometa el delito de violencia familiar se le impondrá de dos a siete años de prisión y perderá el derecho de pensión alimenticia, así como los de carácter sucesorio con relación a la víctima. Asimismo, se le sujetará a una atención especializada y tratamiento integral como persona generadora de violencia familiar, y estará obligado al pago de la reparación del daño de las víctimas.\n\nPárrafo reformado, P.O. No. 05, del 10 de enero de 2024 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/01/cxlix-05-100124.pdf\n\nPárrafo recorrido (antes Párrafo tercero), P.O. No. 05, del 10 de enero de 2024 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/01/cxlix-05-100124.pdf\n\nPárrafo reformado, P.O. Extraordinario No. 36, del 29 de agosto de 2025 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/08/cl-Ext-No.36-290825.pdf\n\nPárrafo reformado, P.O. Extraordinario No. 25, del 26 de junio de 2026 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2026/06/cli-Ext-No.25-260626.pdf\n\nSi además del delito de violencia familiar resultase cometido otro, se aplicarán las reglas del concurso.\n\nPárrafo adicionado, P.O. No. 05, del 10 de enero de 2024 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/01/cxlix-05-100124.pdf\n\nCuando la violencia se cometa en presencia de niñas, niños y adolescentes o familiares, la pena se aumentará en una mitad.\n\nPárrafo adicionado, P.O. No. 05, del 10 de enero de 2024 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/01/cxlix-05-100124.pdf\n\nCuando se cometa en perjuicio de un menor de doce años, se impondrá al responsable la pena de tres a nueve años de prisión.\n\nPárrafo reformado, P.O. No. 05, del 10 de enero de 2024 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/01/cxlix-05-100124.pdf\n\nPárrafo recorrido (antes Párrafo cuarto), P.O. No. 05, del 10 de enero de 2024 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/01/cxlix-05-100124.pdf\n\nSi el responsable fuere ascendiente o tutor del ofendido, será condenado a la pérdida, limitación o suspensión de la patria potestad, según las circunstancias del caso, a juicio del juez.\n\nSe deroga. (Decreto No. LXIII-521, P.O. No. 130, del 30 de octubre de 2018). Si la víctima se encuentra en estado de embarazo, o fuera persona adulta mayor o persona que no pueda entender el significado del hecho o de resistirlo, la pena se incrementará hasta en una mitad.\n\nPárrafo reformado, P.O. No. 05, del 10 de enero de 2024 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/01/cxlix-05-100124.pdf\n\nPárrafo recorrido (antes párrafo séptimo), P.O. No. 05, del 10 de enero de 2024 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/01/cxlix-05-100124.pdf","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-368-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-368-bis.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"116","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-116/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"327","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-327/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"368 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-368-ter/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"243 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-243-bis/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"176-Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-176-ter/"},{"ley":"morelos/codigo-penal","numero":"202 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-penal/articulo-202-bis/"},{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"178","epigrafe":"Violencia familiar","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-178/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"343 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-343-bis/"}]}},"cita":"Artículo 368 Bis, Código Penal de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 12 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-368-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}