{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tamaulipas","abreviatura":"CPTAMPS","titulo":"Código Penal para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"penal","publicacion_original":"1986-12-20","ultima_reforma":"2026-10-12","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. Congreso del Estado de Tamaulipas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/LegislacionEstatal/LegislacionVigente/Vigente.asp?idtipoArchivo=2","archivo_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/Parlamentario/Archivos/Codigos/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Tamaulipas%2012%20de%20octubre%20del%202026.pdf","sha256":"f5614c6453fc18a47518418955aad0bba7f098133f0d0b7c634981a3a29a4687","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado, P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","295 notas de reforma con su liga al Periódico Oficial en la línea siguiente se leen como un párrafo ('Artículo reformado, P.O. … https://po.tamaulipas.gob.mx/…'); 0 de ellas el PDF las parte en dos o más líneas.","1 artículo(s) declarados inválidos impresos entre corchetes ('[ARTÍCULO 22.- …]'): se lee el rótulo y el corchete de apertura queda al inicio del texto.","4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación vigente, Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"407","clave":"407","slug":"407","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO DÉCIMO NOVENO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO DE LAS PERSONAS","CAPÍTULO I. ROBO"],"texto":"La sanción que corresponda al responsable de robo simple se aumentará con tres años a doce años de prisión:\n\nI.- Cuando el robo se cometa en un edificio, vivienda, aposento o cuarto que estén habitados o destinados para habitación o alguna de sus dependencias, como son las cocheras, pasillos, patios, azoteas, escaleras, cuartos de servicio, de almacenaje, jardines y corrales, comprendiéndose en esta denominación, no sólo los que estén fijos en la tierra, sino también los movibles, sea cual fuere la materia de que estén construidos,\n\nII.- Cuando se cometa en un parque u otro lugar cerrado, o en un edificio, o pieza que no estén habitados ni destinados para habitarse;\n\nSe entiende por lugar cerrado, todo terreno que no tenga comunicación con un edificio ni esté dentro del recinto de éste, y que para impedir la entrada se halla rodeado de pozos, enrejados, tapias o cercas, aunque éstas sean de piedra suelta, de madera, arbustos, magueyes, órganos, espinos, ramas secas o de cualquier otra materia. III.- Cuando lo cometa un dependiente o un doméstico contra su patrón, o alguno de la familia de éste en cualquier parte que lo realice;\n\nIV.- Cuando un huésped o comensal, alguno de su familia, o de los sirvientes que lo acompañen, lo cometa en la casa donde reciben hospitalidad, obsequio o agasajo;\n\nV.- Cuando lo cometa el dueño o alguno de sus familiares en la casa del primero, contra sus dependientes o domésticos o contra cualquiera otra persona;\n\nVI.- Cuando lo cometan los dueños, dependientes, encargados de empresas o establecimientos comerciales en los lugares en que presten sus servicios al público y en los bienes de los huéspedes o clientes;\n\nVII.- Cuando se cometa por los obreros, artesanos, aprendices o discípulos, en la casa, taller o escuela en que habitualmente trabajen o aprendan, o en la habitación, oficina, bodegas y otro lugar al que tengan libre entrada por el cargo indicado;\n\nVIII.- Cuando se robe a las víctimas de catástrofes o de accidentes aéreos o con motivo de tránsito de vehículos;\n\nIX.- Cuando el objeto del apoderamiento sea un vehículo en circulación o estacionado en la vía pública o lugar destinado a su guarda o reparación;\n\nX.- Cuando se cometa en una oficina bancaria, recaudadora, u otra en que se conserven caudales o valores, o contra personas que las custodien o transporten;\n\nXI.- Cuando se cometa en contra de persona que realice operaciones bancarias o financieras; depósito o retiro de efectivo o de títulos de crédito; al interior de un inmueble; en cajero automático o inmediatamente después de su salida. La misma pena se impondrá al empleado de la institución bancaria o financiera que colabore para la realización del robo;\n\nXII.- Cuando se cometa estando la víctima en un vehículo particular o de transporte público;\n\nXIII.- Derogada. (Decreto No. LXI-71, P.O. 104, del 31 de agosto de 2011).\n\nXIV.- Derogada. (Decreto No. LXI-71, P.O. 104, del 31 de agosto de 2011).\n\nXV.- Derogada. (Decreto No. LXI-71, P.O. 104, del 31 de agosto de 2011).\n\nXVI.- Derogada. (Decreto No. LXI-71, P.O. 104, del 31 de agosto de 2011).\n\nXVII.- Derogada. (Decreto No. LXI-71, P.O. 104, del 31 de agosto de 2011).\n\nXVIII.- Derogada. (Decreto No. LXI-71, P.O. 104, del 31 de agosto de 2011).\n\nXIX.- Derogada.\n\nFracción reformada, P.O. No. 67, del 06 de junio de 2023. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2023/06/cxlviii-67-060623.pdf\n\nFracción derogada, P.O. Extraordinario No. 38, del 05 de septiembre del 2025. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/09/cl-Ext-No.38-050925.pdf\n\nXX.- Cuando el robo se efectúe en lugar destinado a industria, comercio, almacén o bodega donde se encuentren en resguardo o se elaboren productos industriales o materias primas de origen diverso, así como durante su traslado;\n\nFracción reformada, P.O. No. 67, del 06 de junio de 2023. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2023/06/cxlviii-67-060623.pdf\n\nFracción reformada, P.O. No. 41, del 03 de abril de 2024. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/04/cxlix-41-030424.pdf\n\nXXI.- Cuando el robo se efectúe respecto de cualquier bien, equipo, componente o accesorio compuesto de material de fibra óptica, cobre, hierro, aluminio, o cualquier otro metal, utilizado en bienes privados o en la prestación de servicios públicos, suministro de gas, instalaciones hidráulicas, energía eléctrica, telecomunicaciones, equipamiento urbano, industrial o agrícola; y\n\nFracción adicionada, P.O. No. 67, del 06 de junio de 2023. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2023/06/cxlviii-67-060623.pdf\n\nFracción reformada, P.O. No. 41, del 03 de abril de 2024. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/04/cxlix-41-030424.pdf\n\nXXII.- Cuando el robo se cometa mediante la utilización de uno o más vehículos motorizados.\n\nFracción adicionada, P.O. 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