{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tamaulipas","abreviatura":"CPTAMPS","titulo":"Código Penal para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"penal","publicacion_original":"1986-12-20","ultima_reforma":"2026-10-12","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. 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Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"413 Quater","clave":"413quater","slug":"413-quater","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO DÉCIMO NOVENO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO DE LAS PERSONAS","CAPÍTULO I BIS. ABIGEATO"],"texto":"El abigeato será calificado cuando se cometa una o más de las siguientes agravantes:\n\nI.- Cuando se ejerza violencia física sometiendo al legítimo poseedor o la persona que se encuentre encargada de la vigilancia de la o las cabezas de ganado, para hacerse del ganado ajeno o darse a la fuga, ya sea a través de armas de fuego o cualquier otro recurso o instrumento que dañe su integridad física;\n\nII.- Cuando se ejerza violencia moral sobre el legítimo poseedor o la persona que se encuentre encargada de la vigilancia de la o las cabezas de ganado, a través de amenazas, intimidaciones y presiones para hacerse del ganado ajeno o darse a la fuga;\n\nIII.- Cuando los responsables actúen en grupos de dos o más personas, en asociación delictuosa, banda o pandilla, que se hallen reunidos para ese fin o sea de forma ocasional;\n\nIV.- Cuando sea cometido por quien tenga una relación laboral, o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con el propietario del ganado;\n\nV.- Cuando el responsable sea un servidor público en funciones relacionadas con el sector ganadero o instituciones policiales, de seguridad pública y de procuración de justicia, sus subalternos o personal dependiente de ellos, y ejecute alguna de las conductas señaladas en el presente capitulo;\n\nVI.- Cuando se autorice en rastros oficiales o lugares de matanza el sacrificio de ganado producto del abigeato bajo conocimiento de las circunstancias;\n\nVII.- Cuando sea cometido en horarios nocturnos;\n\nVIII.- Cuando se generen daños a la propiedad donde se resguarda el ganado;\n\nIX.- Cuando el sujeto activo tenga corrales construidos exprofesamente para el encierro del ganado producto del abigeato, sea en zona urbana o en campo despoblado;\n\nX.- Cuando el sujeto activo tenga vehículos acondicionados para ocultar la movilización del ganado producto del abigeato, y cuente con vehículos de transporte público o privado, exprofeso para movilizar con discreción y ocultamiento el producto del abigeato;\n\nXI.- Cuando el sujeto activo posea bodegas, refrigeradores o un Iugar destinado para transformar el producto del abigeato o de sus vestigios identificables; y\n\nXII.- Cuando la afectación patrimonial producida sea el equivalente al valor del veinte por ciento o más de los animales propiedad de la víctima.\n\nCuando se ejecuten estas circunstancias o agravantes, se aumentará en una tercera parte el mínimo y hasta dos terceras partes del máximo de las penas de prisión, previstas para el delito de abigeato de ganado mayor o menor a que se refieren las diversas fracciones que se establecen en el artículo 413 Ter, incluyendo las multas.\n\nArtículo adicionado, P.O. Extraordinario No. 09, del 27 de febrero de 2026 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2026/02/cli-Ext-No.09-270226.pdf","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-413-quater/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-413-quater.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"413 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-413-bis/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"413 Quinquies","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-413-quinquies/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"242 B","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-242-b/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"381 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-381-ter/"},{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"310","epigrafe":"Equiparación y excluyentes","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-310/"}]}},"cita":"Artículo 413 Quater, Código Penal de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 12 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-413-quater/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}