{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tamaulipas","abreviatura":"CPTAMPS","titulo":"Código Penal para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"penal","publicacion_original":"1986-12-20","ultima_reforma":"2026-10-12","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. Congreso del Estado de Tamaulipas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/LegislacionEstatal/LegislacionVigente/Vigente.asp?idtipoArchivo=2","archivo_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/Parlamentario/Archivos/Codigos/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Tamaulipas%2012%20de%20octubre%20del%202026.pdf","sha256":"f5614c6453fc18a47518418955aad0bba7f098133f0d0b7c634981a3a29a4687","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado, P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","295 notas de reforma con su liga al Periódico Oficial en la línea siguiente se leen como un párrafo ('Artículo reformado, P.O. … https://po.tamaulipas.gob.mx/…'); 0 de ellas el PDF las parte en dos o más líneas.","1 artículo(s) declarados inválidos impresos entre corchetes ('[ARTÍCULO 22.- …]'): se lee el rótulo y el corchete de apertura queda al inicio del texto.","4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación vigente, Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"413 Quinquies","clave":"413quinquies","slug":"413-quinquies","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO DÉCIMO NOVENO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO DE LAS PERSONAS","CAPÍTULO I BIS. ABIGEATO"],"texto":"Comete el delito de abigeato equiparado quien ejecute o cometa una o más de las siguientes acciones:\n\nI.- Cuando se desfigure, altere o borre o eliminen las marcas o señales de identificación del ganado mayor o menor, con ánimo de apropiación;\n\nII.- Cuando hierre, señale animales ajenos, destruya o modifique los fierros, marcas o señales, que sirvan para acreditar la propiedad de aquellos;\n\nIII.- Marque o señale, en campo ajeno o propio, ganado perteneciente a un tercero, sin autorización de este;\n\nIV.- Expida u otorgue facturas, documentos o guías falsos simulando ventas o pretenda acreditar una propiedad inexistente, para efectuar cualquier negociación sobre ganado;\n\nV.- Adquiera, venda, tenga en su poder, transporte o sacrifique ganado materia de un delito de abigeato, sabiendo su procedencia ilícita\n\nVI.- Traslade, comercie, enajene o trafique de cualquier manera, pieles o cueros robados, que tuvieren borradas o alteradas la marca, fierro o huella, de un lugar a otro del Estado, a otra Entidad Federativa, o al extranjero;\n\nVII.- Detente, posea, custodie, altere o modifique de cualquier manera, la documentación que acredite la propiedad o identificación de un animal o animales robados, o sus productos;\n\nVIII.- Teniendo el carácter de servidor público, en ejecución de sus funciones o aprovechándose de su cargo, participe, encubra, permita, tolere o autorice la ejecución de cualquiera de las conductas señaladas en este capítulo;\n\nIX.- Aporte recursos económicos o de cualquier especie, o colabore de cualquier manera al financiamiento, supervisión o fomento para posibilitar la ejecución de alguno de los delitos a que se refiere este capítulo;\n\nX.- AI que transporte una o más cabezas de ganado mayor o menor ajeno, sin derecho y sin consentimiento del propietario;\n\nXI.- Comercie, enajene o trafique de cualquier manera, una o más cabezas de ganado mayor o menor ajeno, sin derecho y sin consentimiento del propietario;\n\nXII.- AI quien realice matanza de animales en lugares de sacrificio, rastros o en cualquier otro lugar obtenido mediante el delito de abigeato o sin la autorización de la autoridad que corresponda;\n\nXIII.- Permita, consienta o tolere, siendo administrador, o encargado de algún rastro, lugar de matanza o en cualquier otro lugar, el sacrifico, de ganado producto del abigeato o sin la autorización de la autoridad que corresponda;\n\nXIV.- Introduzcan, transporten, auxilien o documenten ganado procedente de otro país, sin contar con la documentación que acredite la legal procedencia;\n\nXV.- Reciba, ministre, aproveche, o realice actos de intermediario en el comercio de animales producto del abigeato;\n\nXVI.- Legalice o intervenga en la realización, de documentos para acreditar la propiedad o posesión de animales producto del abigeato;\n\nXVII.- El que movilice ganado de un municipio a otro, o introduzca al Estado, cualquiera que sea la forma, sin la documentación que acredite su legal procedencia, trazabilidad o permiso de introducción expedido por la autoridad competente;\n\nXVIII.- El que comercie, detente, enajene, trafique o almacene aretes del Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado, sin que acredite su legal procedencia, uso o la autorización de la institución correspondiente;\n\nXIX.- El que arete animales ajenos o modifique aretes del Sistema Nacional de Identificación Individual de Ganado, con el fin de apropiarse del semoviente u obtener un beneficio; y\n\nXX.- El que movilice sin justificación ganado declarado en cuarentena por autoridad agropecuaria competente, con el fin de comercializarlo.\n\nAl responsable del delito de abigeato equiparado se le impondrá una pena de cinco a ocho años de prisión y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.\n\nEn el supuesto que se describe en la fracción VIII del presente artículo, al servidor público, además de la sanción impuesta, se le destituirá del cargo y se le inhabilitará de cinco a ocho años, según la pena impuesta, para el desempeño de cualquier cargo, empleo o comisión.\n\nArtículo adicionado, P.O. Extraordinario No. 09, del 27 de febrero del 2026 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2026/02/cli-Ext-No.09-270226.pdf","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-413-quinquies/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-413-quinquies.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"299","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-299/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"413 Quater","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-413-quater/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"413 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-413-bis/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"381 Ter","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-381-ter/"},{"ley":"baja-california/codigo-penal","numero":"342","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-penal/articulo-342/"}]}},"cita":"Artículo 413 Quinquies, Código Penal de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 12 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-413-quinquies/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}