{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tamaulipas","abreviatura":"CPTAMPS","titulo":"Código Penal para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"penal","publicacion_original":"1986-12-20","ultima_reforma":"2026-10-12","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. Congreso del Estado de Tamaulipas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/LegislacionEstatal/LegislacionVigente/Vigente.asp?idtipoArchivo=2","archivo_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/Parlamentario/Archivos/Codigos/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Tamaulipas%2012%20de%20octubre%20del%202026.pdf","sha256":"f5614c6453fc18a47518418955aad0bba7f098133f0d0b7c634981a3a29a4687","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado, P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","295 notas de reforma con su liga al Periódico Oficial en la línea siguiente se leen como un párrafo ('Artículo reformado, P.O. … https://po.tamaulipas.gob.mx/…'); 0 de ellas el PDF las parte en dos o más líneas.","1 artículo(s) declarados inválidos impresos entre corchetes ('[ARTÍCULO 22.- …]'): se lee el rótulo y el corchete de apertura queda al inicio del texto.","4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación vigente, Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"426","clave":"426","slug":"426","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO","PARTE ESPECIAL","TÍTULO DÉCIMO NOVENO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO DE LAS PERSONAS","CAPÍTULO VI. EXTORSIÓN"],"texto":"Comete el delito de extorsión al que, sin derecho, por sí o por interpósita persona, por cualquier medio, obligue a otro a dar, hacer, dejar de hacer, o tolerar algo con ánimo de lucro, o con la intención de obtener un beneficio, cualquiera que este sea, u obteniéndolo para sí o para otro o causando un perjuicio patrimonial, moral o psicológico, a la identidad profesional o la imagen profesional, en contra de una persona o personas, se le impondrá una sanción de diez a quince años de prisión y de quinientos a tres mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.\n\nPárrafo reformado, P.O. Extraordinario No. 19, del 28 de marzo de 2025. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/cl-Ext-No.19-280325.pdf\n\nLas penas previstas en el párrafo anterior, se aumentarán en dos terceras partes y además, se impondrá la destitución del empleo, cargo o comisión públicos, inhabilitación por el mismo tiempo que la pena de prisión impuesta, para desempeñar cargos o comisiones públicas y en su caso, la suspensión del derecho para ejercer actividades en corporaciones de seguridad pública o de las fuerzas armadas, cuando el delito se realice por servidora o servidor público o quien sea o haya sido miembro de alguna corporación de seguridad pública o privada o de las fuerzas armadas.\n\nPárrafo reformado, P.O. Extraordinario No. 19, del 28 de marzo de 2025. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/cl-Ext-No.19-280325.pdf\n\nAdemás de las penas señaladas en este artículo, se impondrá una sanción de ocho a veinte años de prisión y multa de doscientos ochenta y ocho a setecientas veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, cuando en la comisión del delito:\n\nPárrafo reformado, P.O. Extraordinario No. 19, del 28 de marzo de 2025. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/cl-Ext-No.19-280325.pdf\n\nI.- Intervenga una o más personas armadas o portando instrumentos peligrosos;\n\nII.- Se emplee violencia física o moral;\n\nFracción reformada, P.O. Extraordinario No. 19, del 28 de marzo de 2025. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/cl-Ext-No.19-280325.pdf\n\nIII.- Se realice por pandilla, asociación delictuosa o el autor del delito se ostente por cualquier medio como miembro de la delincuencia organizada;\n\nIV.- Se utilice como medio comisivo la vía telefónica, el correo electrónico o cualquier medio de comunicación mediante los cuales se pueda realizar la emisión, transmisión o recepción de signos, señales, escritos, mensajes, imágenes, videos, voz, sonidos o información de contenido íntimo-sexual o cualquier naturaleza, que se efectúe por hilos, radioelectricidad, medios ópticos, físicos, vía satelital u otros sistemas electromagnéticos;\n\nFracción reformada, P.O. Extraordinario No. 19, del 28 de marzo de 2025. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/cl-Ext-No.19-280325.pdf\n\nV.- Si el sujeto activo del delito de extorsión, se encuentra privado de su libertad personal;\n\nVI.- Si es cometido a través de una persona menor de dieciocho años de edad, que no tenga capacidad de comprender el significado del hecho, o que sea mayor de sesenta años, o bien, en contra de alguna de ellas;\n\nFracción reformada, P.O. Extraordinario No. 19, del 28 de marzo de 2025. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/cl-Ext-No.19-280325.pdf\n\nVII.- Se realice en contra de personas dedicadas al comercio o al transporte de personas o mercancías; y\n\nFracción adicionada, P.O. Extraordinario No. 19, del 28 de marzo de 2025. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/cl-Ext-No.19-280325.pdf\n\nVIII.- La o el autor del delito de manera continuada obtenga dinero o bienes por concepto de cobro de cuotas de cualquier índole.\n\nFracción reformada y recorrida en su orden natural, P.O. Extraordinario No. 19, del 28 de marzo del 2025. https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2025/03/cl-Ext-No.19-280325.pdf","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-426/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-426.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"22","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-22/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"58","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-58/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"187 Bis","epigrafe":"Extorsión","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-187-bis/"},{"ley":"guanajuato/codigo-penal","numero":"179-a","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guanajuato/codigo-penal/articulo-179-a/"},{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"226","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-226/"},{"ley":"oaxaca/codigo-penal","numero":"383 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-383-bis/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"268 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-268-bis/"}]}},"cita":"Artículo 426, Código Penal de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 12 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-426/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}