{"ley":{"id":"tamaulipas/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tamaulipas","abreviatura":"CPTAMPS","titulo":"Código Penal para el Estado de Tamaulipas","jurisdiccion":"tamaulipas","materia":"penal","publicacion_original":"1986-12-20","ultima_reforma":"2026-10-12","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas","fuente":"H. Congreso del Estado de Tamaulipas — Legislación vigente (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/LegislacionEstatal/LegislacionVigente/Vigente.asp?idtipoArchivo=2","archivo_url":"https://www.congresotamaulipas.gob.mx/Parlamentario/Archivos/Codigos/Codigo%20Penal%20para%20el%20Estado%20de%20Tamaulipas%2012%20de%20octubre%20del%202026.pdf","sha256":"f5614c6453fc18a47518418955aad0bba7f098133f0d0b7c634981a3a29a4687","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/","notas_verificacion":["Las notas de reforma de un encabezado ('Capítulo adicionado, P.O. …') no se asignan a ningún artículo.","295 notas de reforma con su liga al Periódico Oficial en la línea siguiente se leen como un párrafo ('Artículo reformado, P.O. … https://po.tamaulipas.gob.mx/…'); 0 de ellas el PDF las parte en dos o más líneas.","1 artículo(s) declarados inválidos impresos entre corchetes ('[ARTÍCULO 22.- …]'): se lee el rótulo y el corchete de apertura queda al inicio del texto.","4 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Legislación vigente, Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y «Pág. N») y la marca de agua «Documento para consulta».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo reformado, P.O. No. 70, del 11 de junio de 2025' y la liga al Periódico Oficial) se conservan literales como párrafo propio del artículo; nota_reforma = null.","Rótulos 'ARTÍCULO 1o.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"46 Bis","clave":"46bis","slug":"46-bis","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO","PARTE GENERAL","TÍTULO QUINTO. DE LAS SANCIONES","CAPÍTULO I. PENAS"],"texto":"Las penas sustitutivas de prisión tienen por objeto la aplicación de medidas temporales privativas y restrictivas de la libertad, laborales, educativas y curativas autorizadas por la Ley, conducentes a la reinserción social del condenado, bajo la orientación y cuidado de la autoridad ejecutora, y son las siguientes:\n\nI.- La prisión intermitente, que consiste en la alternación de períodos de libertad y privación de la misma, según los casos, en las formas siguientes: a).- Excarcelación durante la semana y reclusión los días sábado y domingo de la misma; b).- Salida los días sábado y domingo, con reclusión durante el resto de la semana; c).- Salida diurna con reclusión nocturna; y d).- Salida nocturna con reclusión diurna.\n\nQuienes cumplan prisión intermitente, en los periodos que deban internarse permanecerán separados de los demás sentenciados. El incumplimiento de esta obligación será materia de responsabilidad.\n\nII.- El trabajo en favor de la comunidad, que consiste en la prestación de servicios no remunerados, en instituciones públicas o privadas, si estas últimas son asistenciales, educativas o no lucrativas. Sin perjuicio de las facultades del juez, este trabajo se llevará a cabo bajo la orientación y vigilancia de la dependencia del Ejecutivo encargada de la ejecución de la pena privativa de libertad, en jornadas distintas al horario de labores que represente la fuente de ingresos para la subsistencia del sentenciado y de su familia, sin exceder de la jornada extraordinaria que establece el artículo 66 de la Ley Federal del Trabajo.\n\nEl trabajo en favor de la comunidad puede ser pena sustitutiva de la prisión o de la multa. Cada día de prisión será sustituida por una hora de trabajo a favor de la comunidad, de acuerdo a las jornadas que fije el juzgador, según las circunstancias del caso.\n\nPor ningún concepto se desarrollará este trabajo en forma que resulte degradante o humillante al condenado.\n\nIII.- El régimen especial en libertad, que consiste en la aplicación de una o varias de las sanciones establecidas en los incisos f) y k) del artículo 45 de este Código.\n\nLa duración de las penas sustitutivas no podrán exceder de la correspondiente a la pena de prisión sustituida. En todo caso en que proceda la substitución de la pena, al hacerse el cálculo de la sanción sustitutiva se disminuirá el tiempo durante el cual el sentenciado sufrió prisión preventiva.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-46-bis/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-46-bis.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"90","epigrafe":"Pena de prisión y duración","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-90/"},{"ley":"codigo-nacional-de-procedimientos-penales","numero":"406","epigrafe":"Sentencia condenatoria","url":"https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-406/"},{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"31","epigrafe":"Concepto y duración","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-31/"},{"ley":"coahuila/codigo-penal","numero":"177","epigrafe":"Prescripción de las penas y medidas de seguridad y términos de su prescripción","url":"https://articuladomx.com/estados/coahuila/codigo-penal/articulo-177/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"46","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-46/"}]}},"cita":"Artículo 46 Bis, Código Penal de Tamaulipas (Tamaulipas). Texto vigente, última reforma 12 oct 2026. https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-46-bis/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}