{"ley":{"id":"tlaxcala/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tlaxcala","abreviatura":"CCTLAX","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala","jurisdiccion":"tlaxcala","materia":"civil","publicacion_original":"1976-10-20","ultima_reforma":"2024-06-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala","fuente":"Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/legislacion/","archivo_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/1_codigo_civil_par.pdf","sha256":"59fba4d2e4be1c5b728dec5c82e8e08d1179346ac821d93a7db527c9a35cb9f7","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/","notas_verificacion":["16 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","303 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.","97 párrafos cortados por el salto de página se unen.","19 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","30 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"1078","clave":"1078","slug":"1078","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. DE LOS BIENES, LA PROPIEDAD Y SUS DIFERENTES MODIFICACIONES","TITULO SEPTIMO. DE LAS SERVIDUMBRES","CAPITULO III. DE LA SERVIDUMBRE LEGAL DE LIQUIDOS","SECCION SEGUNDA. SERVIDUMBRE DE ACUEDUCTO"],"texto":"El dueño del predio dominante en la servidumbre de acueducto, previamente al ejercicio de su derecho, debe:\n\nI.- Justificar que puede disponer del agua que pretende conducir;\n\nII.- Acreditar que el paso que solicita es el más conveniente para el uso a que destina el agua y el menos oneroso para los predios por donde debe pasar el agua;\n\nIII.- Pagar el valor del terreno que ha de ocupar el canal, según estimación de peritos, y un diez por ciento más;\n\nIV.- Resarcir los daños inmediatos, con inclusión del que resulte por dividirse en dos o más partes el predio sirviente, y de cualquier otro deterioro.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-1078/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-1078.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tlaxcala/codigo-civil","numero":"1081","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-1081/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"puebla/codigo-civil","numero":"1291","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-civil/articulo-1291/"},{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"1236","epigrafe":"Deberes del dueño del predio dominante","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-1236/"},{"ley":"queretaro/codigo-civil","numero":"1078","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/queretaro/codigo-civil/articulo-1078/"},{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"1180","epigrafe":"REQUISITOS PREVIOS PARA EL EJERCICIO DE LA SERVIDUMBRE DE ACUEDUCTO","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-1180/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-civil","numero":"2163","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-2163/"}]}},"cita":"Artículo 1078, Código Civil de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 18 jun 2024. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-1078/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}