{"ley":{"id":"tlaxcala/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tlaxcala","abreviatura":"CCTLAX","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala","jurisdiccion":"tlaxcala","materia":"civil","publicacion_original":"1976-10-20","ultima_reforma":"2024-06-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala","fuente":"Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/legislacion/","archivo_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/1_codigo_civil_par.pdf","sha256":"59fba4d2e4be1c5b728dec5c82e8e08d1179346ac821d93a7db527c9a35cb9f7","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/","notas_verificacion":["16 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","303 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.","97 párrafos cortados por el salto de página se unen.","19 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","30 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"1836","clave":"1836","slug":"1836","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO CUARTO. DE LAS OBLIGACIONES","TITULO UNDECIMO. DE LA CONCURRENCIA Y PRELACION DE LOS CREDITOS","CAPITULO IV. ACREEDORES DE PRIMERA CLASE"],"texto":"Pagados los acreedores mencionados en los dos capítulos anteriores y con el valor de todos los bienes que queden, se pagarán:\n\nI.- Los gastos judiciales comunes, en los términos que establezca el Código de procedimientos;\n\nII.- Los gastos de rigurosa conservación y administración de los bienes concursados;\n\n(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016)\n\nIII.- Los gastos de funerales del deudor, proporcionados a su posición social, y también los de su cónyuge o de la persona con quien viviera en concubinato e hijos que estén bajo su patria potestad y no tuvieren bienes propios;\n\nIV.- Los gastos de la última enfermedad de las personas mencionadas en la fracción anterior, hechos en los últimos seis meses que precedieron al día del fallecimiento;\n\nV.- El crédito por alimentos fiados al deudor para su subsistencia y la de su familia, en los seis meses anteriores a la formación del concurso;\n\nVI.- La responsabilidad civil en la parte que comprende el pago de los gastos de curación o de los funerales del ofendido. En lo que se refiere a la obligación de restituir, por tratarse de devoluciones del bien ajeno, no entra en concurso, y por lo que toca a las otras indemnizaciones que se deban por el ilícito, se pagarán como si se tratara de acreedores comunes de cuarta clase.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-1836/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-1836.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"morelos/codigo-civil","numero":"2473","epigrafe":"PAGO PREFERENCIAL DE ACREEDORES DE PRIMERA CLASE","url":"https://articuladomx.com/estados/morelos/codigo-civil/articulo-2473/"},{"ley":"hidalgo/codigo-civil","numero":"3000","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-civil/articulo-3000/"},{"ley":"nayarit/codigo-civil","numero":"2365","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-civil/articulo-2365/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"2861","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-2861/"},{"ley":"aguascalientes/codigo-civil","numero":"2868","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/aguascalientes/codigo-civil/articulo-2868/"}]}},"cita":"Artículo 1836, Código Civil de Tlaxcala (Tlaxcala). 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