{"ley":{"id":"tlaxcala/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tlaxcala","abreviatura":"CCTLAX","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala","jurisdiccion":"tlaxcala","materia":"civil","publicacion_original":"1976-10-20","ultima_reforma":"2024-06-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala","fuente":"Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/legislacion/","archivo_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/1_codigo_civil_par.pdf","sha256":"59fba4d2e4be1c5b728dec5c82e8e08d1179346ac821d93a7db527c9a35cb9f7","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/","notas_verificacion":["16 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","303 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.","97 párrafos cortados por el salto de página se unen.","19 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","30 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"220","clave":"220","slug":"220","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LAS PERSONAS","TITULO QUINTO. DE LA FILIACION","CAPITULO IV. DE LAS SENTENCIAS DECLARATIVAS DE FILIACION"],"texto":"La investigación de la paternidad está permitida:\n\nI.- En los casos de rapto, estupro o violación, cuando la época del delito coincida con la de la concepción;\n\nII.- Cuando el hijo tiene o tuvo la posesión de estado de hijo del presunto padre;\n\nIII.- Cuando el hijo haya sido concebido durante el tiempo en que la madre hacía vida marital con el presunto padre;\n\nIV.- Cuando durante la gestación, o el nacimiento del hijo, o después del nacimiento, la madre haya habitado con el presunto padre, bajo el mismo techo, viviendo maritalmente; y con ellos el hijo, en el último supuesto, cualquiera que sea el tiempo que haya durado la vida familiar;\n\nV.- Cuando el hijo tenga a su favor un principio de prueba contra el pretendido padre;\n\n(ADICIONADA, P.O. 11 DE MARZO DE 2010)\n\nVI.-· Cuando existe desconocimiento o negación de la misma.\n\n(ADICIONADO, P.O. 11 DE MARZO DE 2010)\n\nEn este caso si el demandado se negare a realizarse la prueba científica en genética molecular del ácido desoxirribonucleico, se presumirá cierta la filiación.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-220/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-220.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tlaxcala/codigo-civil","numero":"221","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-221/"},{"ley":"tlaxcala/codigo-civil","numero":"2916","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-2916/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"tabasco/codigo-civil","numero":"371","epigrafe":"Cuándo se permite la investigación de la paternidad","url":"https://articuladomx.com/estados/tabasco/codigo-civil/articulo-371/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"347","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-347/"},{"ley":"baja-california/codigo-civil","numero":"379","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california/codigo-civil/articulo-379/"},{"ley":"nayarit/codigo-civil","numero":"374","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-civil/articulo-374/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"382","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-382/"}]}},"cita":"Artículo 220, Código Civil de Tlaxcala (Tlaxcala). 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