{"ley":{"id":"tlaxcala/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tlaxcala","abreviatura":"CCTLAX","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala","jurisdiccion":"tlaxcala","materia":"civil","publicacion_original":"1976-10-20","ultima_reforma":"2024-06-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala","fuente":"Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/legislacion/","archivo_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/1_codigo_civil_par.pdf","sha256":"59fba4d2e4be1c5b728dec5c82e8e08d1179346ac821d93a7db527c9a35cb9f7","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/","notas_verificacion":["16 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","303 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.","97 párrafos cortados por el salto de página se unen.","19 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","30 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"573","clave":"573","slug":"573","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LAS PERSONAS","TITULO DECIMOCUARTO. DE LAS ACTAS DEL ESTADO CIVIL","CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LAS ACTAS DEL ESTADO CIVIL"],"texto":"Toda persona puede pedir testimonio de las actas del Registro Civil, así como de los apuntes y documentos con ellas relacionados. El Director y los Oficiales están obligados a expedirlos.\n\nLas copias certificadas o extractos que expida el Registro Civil respecto al estado civil de las personas, contendrán los datos esenciales que acrediten la identidad de la o las personas de que se trate, de acuerdo con lo que establezca el Reglamento del Registro del Estado Civil.\n\n(ADICIONADO, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016)\n\nLa Dirección de la Defensoría Pública y Asistencia Jurídico Social del Estado de Tlaxcala, el Instituto Estatal de la Mujer y las Asociaciones Civiles que tengan un objeto social afín, en relación al patrocinio judicial, así como las dependencias u organismos que en el futuro asuman las atribuciones de éstas, previo estudio socioeconómico que acredite a usuarios específicos como “población de escasos recursos”, podrán solicitar sean expedidas a favor de aquellos, reproducciones por medios mecánicos, también denominadas “imágenes del libro”, de las actas del Registro Civil, así como de las anotaciones y documentos con ellas relacionados, que serán expedidas sin costo.","nota":"(REFORMADO, P.O. 28 DE ABRIL DE 2003)","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-573/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-573.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"42","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-42/"},{"ley":"nayarit/codigo-civil","numero":"48","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-civil/articulo-48/"},{"ley":"cdmx/codigo-civil","numero":"48","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-civil/articulo-48/"},{"ley":"baja-california-sur/codigo-civil","numero":"51","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/baja-california-sur/codigo-civil/articulo-51/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"302","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-302/"}]}},"cita":"Artículo 573, Código Civil de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 18 jun 2024. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-573/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}