{"ley":{"id":"tlaxcala/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tlaxcala","abreviatura":"CCTLAX","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala","jurisdiccion":"tlaxcala","materia":"civil","publicacion_original":"1976-10-20","ultima_reforma":"2024-06-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala","fuente":"Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/legislacion/","archivo_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/1_codigo_civil_par.pdf","sha256":"59fba4d2e4be1c5b728dec5c82e8e08d1179346ac821d93a7db527c9a35cb9f7","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/","notas_verificacion":["16 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","303 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.","97 párrafos cortados por el salto de página se unen.","19 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","30 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"628","clave":"628","slug":"628","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LAS PERSONAS","TITULO DECIMOCUARTO. DE LAS ACTAS DEL ESTADO CIVIL","CAPITULO VI. DE LAS ACTAS DE MATRIMONIO"],"texto":"Concluido este acto, se extenderá inmediatamente en el libro, una acta en que consten:\n\n(REFORMADA, P.O. 13 DE NOVIEMBRE DE 2013)\n\nI.- Los nombres, apellidos, edad, ocupación, domicilios y lugar de nacimiento de los contrayentes;\n\nII.-\n\n(DEROGADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016)\n\nIII.- Los nombres, apellidos, profesiones y domicilios de los padres;\n\nIV.-\n\n(DEROGADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016)\n\nV.- Que no hubo impedimento o que se dispensó;\n\n(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 2016)\n\nVI.- La declaración de los esposos de ser su voluntad unirse en matrimonio, tomándose y entregándose mutuamente por cónyuges, y la que de haber quedado unidos, hará el Oficial del Registro del Estado Civil en nombre de la sociedad;\n\nVII.- Los nombres, apellidos, edad, estado, profesiones y domicilios de los testigos, su declaración sobre si son o no parientes de los contrayentes, y si lo son, en qué grado y de qué línea.\n\n(ADICIONADA, P.O. 13 DE NOVIEMBRE DE 2013)\n\nVIII.- La manifestación de los contrayentes de que su matrimonio se rige bajo el régimen de sociedad conyugal o separación de bienes.\n\nAl margen del acta se imprimirán las huellas digitales de los contrayentes.\n\n(ADICIONADO, P.O. 28 DE JUNIO DE 2006)\n\nLos contrayentes seguirán empleando su apellido patronímico en todos los actos tanto públicos como privados.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-628/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-628.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"nayarit/codigo-civil","numero":"99","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-civil/articulo-99/"},{"ley":"durango/codigo-civil","numero":"99","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-civil/articulo-99/"},{"ley":"nuevo-leon/codigo-civil","numero":"100","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nuevo-leon/codigo-civil/articulo-100/"},{"ley":"guerrero/codigo-civil","numero":"351","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-civil/articulo-351/"},{"ley":"quintana-roo/codigo-civil","numero":"640","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-civil/articulo-640/"}]}},"cita":"Artículo 628, Código Civil de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 18 jun 2024. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-628/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}