{"ley":{"id":"tlaxcala/codigo-civil","nombre":"Código Civil de Tlaxcala","abreviatura":"CCTLAX","titulo":"Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala","jurisdiccion":"tlaxcala","materia":"civil","publicacion_original":"1976-10-20","ultima_reforma":"2024-06-18","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala","fuente":"Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/legislacion/","archivo_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/1_codigo_civil_par.pdf","sha256":"59fba4d2e4be1c5b728dec5c82e8e08d1179346ac821d93a7db527c9a35cb9f7","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/","notas_verificacion":["16 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","303 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.","97 párrafos cortados por el salto de página se unen.","19 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","1 notas de reforma de encabezados (denominación de capítulo, título, sección) no se asignan a ningún artículo.","30 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"961","clave":"961","slug":"961","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO TERCERO. DE LOS BIENES, LA PROPIEDAD Y SUS DIFERENTES MODIFICACIONES","TITULO QUINTO","CAPITULO II. DEL REGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO","SECCION QUINTA. DEL CONDOMINIO DE MERCADOS"],"texto":"Es de interés público la construcción de mercados sometidos al régimen de propiedad en condominio.\n\nEste interés puede satisfacerse por el Estado o por los municipios.\n\nTambién los particulares, que se dediquen habitualmente al pequeño comercio, podrán realizar bajo el régimen de condominio las obras a que se refiere esta disposición, si se organizan para tal fin.\n\nEl Estado y los municipios podrán participar en la construcción de los mercados con el carácter de condóminos, con los derechos y obligaciones inherentes, conservando las atribuciones que les competen como autoridades; pero solamente podrán atribuirse en propiedad exclusiva, la zona indicada en el párrafo siguiente.\n\nEn los mercados que se construyan según este régimen, se destinará una superficie que no será inferior a la quinta parte de la superficie total, para los efectos del artículo 972.\n\nLo dispuesto por esta sección no limita en forma alguna las facultades que en materia de mercados confieran las leyes y reglamentos administrativos a las autoridades competentes.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-961/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-961.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tlaxcala/codigo-civil","numero":"963","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-963/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"tlaxcala/codigo-civil","numero":"964","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-964/"},{"ley":"yucatan/codigo-civil","numero":"699","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-civil/articulo-699/"},{"ley":"tlaxcala/codigo-civil","numero":"968","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-civil/articulo-968/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-civil","numero":"5.166","epigrafe":"Concepto de propiedad en condominio","url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-civil/articulo-5-166/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-civil","numero":"1653","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-civil/articulo-1653/"}]}},"cita":"Artículo 961, Código Civil de Tlaxcala (Tlaxcala). 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