{"ley":{"id":"tlaxcala/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tlaxcala","abreviatura":"CPTLAX","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala","jurisdiccion":"tlaxcala","materia":"penal","publicacion_original":"2013-05-31","ultima_reforma":"2026-06-05","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala","fuente":"Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/legislacion/","archivo_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/4_codigo_penal_par.pdf","sha256":"9e394b284cbca04a90b51f44ce4a3b7e3ce708b56f5cecadbf82bf5c3d27bde6","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/","notas_verificacion":["40 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","156 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.","49 párrafos cortados por el salto de página se unen.","18 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","100 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","130 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('Artículo 1. Principio de legalidad.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","número de artículo repetido en la fuente: 242 (orden 256 y 257); el segundo se publica con clave '242-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"163","clave":"163","slug":"163","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS","TÍTULO SEGUNDO. DELITOS POR HECHOS DE CORRUPCIÓN","CAPÍTULO VIII. TRÁFICO DE INFLUENCIA"],"texto":"Comete el delito de tráfico de influencias:\n\nI. La o el servidor público que por sí o por interpósita persona promueva o gestione la tramitación o resolución ilícita de negocios públicos ajenos a las responsabilidades inherentes a su empleo, cargo o comisión;\n\nII. Cualquier persona que promueva la conducta ilícita del servidor público o se preste a la promoción o gestión a que hace referencia la fracción anterior;\n\nIII. La o el servidor público que por sí, o por interpósita persona indebidamente, solicite o promueva cualquier resolución o la realización de cualquier acto materia del empleo, cargo o comisión de otro servidor público, que produzca beneficios económicos para sí o para su cónyuge, descendiente o ascendiente, parientes por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado, a cualquier tercero con el que tenga vínculos afectivos, económicos o de dependencia administrativa directa, socios o sociedades de las que el servidor público o las personas antes referidas formen parte, y\n\nIV. Al particular que, sin estar autorizado legalmente para intervenir en un negocio público, afirme tener influencia ante las y los servidores públicos facultados para tomar decisiones dentro de dichos negocios, e intervenga ante ellos para promover la resolución ilícita de los mismos, a cambio de obtener un beneficio para sí o para otro.\n\n(REFORMADO, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)\n\nA la o el que cometa el delito de tráfico de influencias, se le impondrán de dos años a seis años de prisión y multa de treinta a cien veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización.","nota":"(REFORMADO, P.O. 12 DE ABRIL DE 2018)","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-163/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-163.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tlaxcala/codigo-penal","numero":"167","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-167/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"quintana-roo/codigo-penal","numero":"209","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/quintana-roo/codigo-penal/articulo-209/"},{"ley":"yucatan/codigo-penal","numero":"261","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-261/"},{"ley":"oaxaca/codigo-penal","numero":"214","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-214/"},{"ley":"sonora/codigo-penal","numero":"191","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/sonora/codigo-penal/articulo-191/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"221","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-221/"}]}},"cita":"Artículo 163, Código Penal de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-163/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}