{"ley":{"id":"tlaxcala/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tlaxcala","abreviatura":"CPTLAX","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala","jurisdiccion":"tlaxcala","materia":"penal","publicacion_original":"2013-05-31","ultima_reforma":"2026-06-05","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala","fuente":"Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/legislacion/","archivo_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/4_codigo_penal_par.pdf","sha256":"9e394b284cbca04a90b51f44ce4a3b7e3ce708b56f5cecadbf82bf5c3d27bde6","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/","notas_verificacion":["40 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","156 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.","49 párrafos cortados por el salto de página se unen.","18 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","100 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","130 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('Artículo 1. Principio de legalidad.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","número de artículo repetido en la fuente: 242 (orden 256 y 257); el segundo se publica con clave '242-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"334","clave":"334","slug":"334","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS","TÍTULO DÉCIMO QUINTO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO","CAPÍTULO II. ROBO DE GANADO, DE MAGUEY Y PRODUCTOS AGRÍCOLAS"],"texto":"Las mismas sanciones a que se refieren los artículos anteriores, se aplicarán a quienes realicen conductas consistentes en:\n\nI. Herrar, modificar o destruir los fierros, marcas o señales que sirvan para identificar la propiedad de semovientes, sin el consentimiento de quien deba otorgarlo;\n\nII. Transportar dolosamente ganado robado;\n\nIII. Expedir certificados falsos para obtener guías, simulando ventas, o los utilice o haga conducir animales que no sean de su propiedad sin estar debidamente autorizado para ello o haga uso de certificados para cualquier negociación sobre ganado o pieles ajenas;\n\nIV. Extraer los dispositivos electrónicos de identificación, y\n\nV. Al que se apodere de una o más cabezas de ganado propio que se halle en poder de otro, en virtud de una relación contractual o por mandato de autoridad.\n\nN. DE E. VÉASE LITERALIDAD DEL DECRETO PUBLICADO EN EL NÚMERO EXTRAORDINARIO DEL P.O. DE 28 DE NOVIEMBRE DE 2014, PÁGINA 2.\n\n(ADICIONADA, P.O. 28 DE NOVIEMBRE DE 2014)\n\nVI. A quien sin haber tomado las medidas necesarias para cerciorarse de su procedencia legítima, compre, venda, cambie o transporte ganado robado, carne o pieles u otros derivados de igual procedencia productos del robo de ganado, y\n\nN. DE E. VÉASE LITERALIDAD DEL DECRETO PUBLICADO EN EL NÚMERO EXTRAORDINARIO DEL P.O. DE 28 DE NOVIEMBRE DE 2014, PÁGINA 2.\n\n(ADICIONADA, P.O. 28 DE NOVIEMBRE DE 2014)\n\nVII. A las autoridades que intervengan en la indebida legalización de documentos u operaciones conociendo la ilegitima procedencia del ganado.\n\nIguales sanciones se aplicarán:\n\nI. A quien sin haber tomado las medidas necesarias para cerciorarse de su procedencia legítima, compre, venda, cambie o transporte ganado robado, carne o pieles u otros derivados de igual procedencia productos del robo de ganado, y\n\nII. A las autoridades que intervengan en la indebida legalización de documentos u operaciones conociendo la ilegítima procedencia del ganado.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-334/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-334.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tlaxcala/codigo-penal","numero":"434","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-434/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"durango/codigo-penal","numero":"205","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-205/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"218","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-218/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"393","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-393/"},{"ley":"nayarit/codigo-penal","numero":"393","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/nayarit/codigo-penal/articulo-393/"},{"ley":"ley-federal-de-proteccion-al-consumidor","numero":"131","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-al-consumidor/articulo-131/"}]}},"cita":"Artículo 334, Código Penal de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-334/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}