{"ley":{"id":"tlaxcala/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tlaxcala","abreviatura":"CPTLAX","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala","jurisdiccion":"tlaxcala","materia":"penal","publicacion_original":"2013-05-31","ultima_reforma":"2026-06-05","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala","fuente":"Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/legislacion/","archivo_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/4_codigo_penal_par.pdf","sha256":"9e394b284cbca04a90b51f44ce4a3b7e3ce708b56f5cecadbf82bf5c3d27bde6","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/","notas_verificacion":["40 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","156 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.","49 párrafos cortados por el salto de página se unen.","18 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","100 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","130 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('Artículo 1. Principio de legalidad.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","número de artículo repetido en la fuente: 242 (orden 256 y 257); el segundo se publica con clave '242-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"363","clave":"363","slug":"363","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS","TÍTULO DÉCIMO OCTAVO. DELITOS CONTRA LA FILIACIÓN Y LA INSTITUCIÓN DEL MATRIMONIO","CAPÍTULO I. DELITOS CONTRA EL ESTADO CIVIL"],"texto":"Se impondrán de seis meses a seis años de prisión y multa de treinta y seis a cuatrocientas treinta y dos veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, a quien con el fin de alterar el estado civil incurra en alguna de las conductas siguientes:\n\nI. Presente a registrar a una persona, asumiendo la filiación que no le corresponda;\n\nII. Presente a registrar a una persona por segunda vez, con la filiación que le corresponde, con la finalidad de cambiar el nombre sin alterar los apellidos;\n\nIII. Inscriba o haga registrar el nacimiento de una persona, sin que esto hubiese ocurrido;\n\nIV. Omita presentar para el registro del nacimiento a una persona, teniendo dicha obligación, con el propósito de hacerle perder los derechos derivados de su filiación;\n\nV. Declare falsamente el fallecimiento de una persona en el acta respectiva;\n\nVI. Presente a registrar a una persona, atribuyendo a terceros la paternidad que no le corresponda;\n\nVII. Usurpe el estado civil o la filiación de otro, con el fin de adquirir derechos de familia que no le correspondan;\n\nVIII. Sustituya a un menor por otro o cometa ocultación de aquél para perjudicarlo en sus derechos de familia, y\n\nIX. Inscriba o haga registrar un divorcio o nulidad de matrimonio inexistentes o que aún no hubiesen sido declarados por sentencia que haya causado ejecutoria.\n\nLa autoridad judicial podrá prescindir de la pena si el sujeto activo actúa por motivos nobles o humanitarios, en el caso a que se refiere la fracción I de este artículo.","nota":"(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-363/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-363.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"tlaxcala/codigo-penal","numero":"364","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-364/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"durango/codigo-penal","numero":"291","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-291/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"165","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-165/"},{"ley":"durango/codigo-penal","numero":"171","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-171/"},{"ley":"hidalgo/codigo-penal","numero":"322","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/hidalgo/codigo-penal/articulo-322/"},{"ley":"durango/codigo-penal","numero":"400","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-400/"}]}},"cita":"Artículo 363, Código Penal de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-363/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}