{"ley":{"id":"tlaxcala/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Tlaxcala","abreviatura":"CPTLAX","titulo":"Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala","jurisdiccion":"tlaxcala","materia":"penal","publicacion_original":"2013-05-31","ultima_reforma":"2026-06-05","ultima_reforma_fuente":"Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala","fuente":"Congreso del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/legislacion/","archivo_url":"https://congresodetlaxcala.gob.mx/archivo/leyes2020/pdf/4_codigo_penal_par.pdf","sha256":"9e394b284cbca04a90b51f44ce4a3b7e3ce708b56f5cecadbf82bf5c3d27bde6","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/","notas_verificacion":["40 notas de reforma o de editor impresas en dos o más renglones se leen como una sola nota.","156 renglones que el PDF da como bloque aparte justo debajo del renglón anterior (sin el espacio entre párrafos) siguen el mismo párrafo.","49 párrafos cortados por el salto de página se unen.","18 notas de reforma impresas antes de un encabezado (título, capítulo, sección) se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","100 notas de reforma o de editor impresas entre un encabezado y el primer rótulo de artículo van en nota_reforma de ese artículo (no en el nombre del encabezado).","130 artículos traen el epígrafe en la línea del rótulo ('Artículo 1. Principio de legalidad.'): se publica como epígrafe, sin el punto final.","número de artículo repetido en la fuente: 242 (orden 256 y 257); el segundo se publica con clave '242-dup2'","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (Legislación, Códigos): un bloque de texto del PDF = un párrafo. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.","Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1')."]},"articulo":{"numero":"45","clave":"45","slug":"45","epigrafe":"De la reparación del daño","estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES","TÍTULO CUARTO. DE LAS PENAS","CAPÍTULO IV. SANCIÓN PECUNIARIA"],"texto":"La reparación del daño comprende, según la naturaleza del delito de que se trate:\n\nI. El restablecimiento de las cosas al estado en que se encontraban antes de cometerse el delito;\n\nII. La restitución de la cosa obtenida por el delito, incluyendo sus frutos y accesorios y, si no fuese posible, el pago de su valor actualizado. Si se trata de bienes fungibles, la autoridad judicial podrá condenar a la entrega de un objeto igual al que fuese materia de delito sin necesidad de recurrir a prueba pericial;\n\nIII. El resarcimiento de los perjuicios ocasionados;\n\nIV. El pago de salarios o percepciones correspondientes, cuando por lesiones se cause incapacidad para trabajar en oficio, arte o profesión, en los términos de la Ley Federal del Trabajo;\n\nV. La reparación del daño moral sufrido por la víctima o las personas con derecho a la reparación, incluyendo el pago de los tratamientos curativos que, como consecuencia del delito, sean necesarios para la recuperación de la salud psíquica y física de la víctima, y\n\nVI. Tratándose de los delitos de violencia familiar y lesiones que sean con violencia de género, la reparación del daño a la víctima u ofendida incluirá:\n\na) Las hipótesis a que se refieren las fracciones anteriores;\n\nb) El restablecimiento de su honor, mediante disculpa pública, a través de los mecanismos que señale la autoridad judicial;\n\nc) La reparación por la afectación en su entorno laboral, educativo y psicológico, a fin de lograr su restablecimiento; ante la imposibilidad de éste, la indemnización correspondiente, e\n\nd) El pago de los gastos indispensables para su subsistencia y, si los hubiere, de los hijos menores de edad o discapacitados, cuando como consecuencia del delito sufrido, se haya visto imposibilitada para desarrollarse en el ámbito laboral; lo anterior, por el tiempo que determine la autoridad judicial, atendiendo a su grado de estudios, edad y estado de salud.\n\nSe entiende como daño moral el sufrimiento que el delito origine a una persona, ya sea en sus sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración o aspecto físico. Así como la dolencia mental de cualquier clase que requiera asistencia o terapia psicológica o psiquiátrica.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-45/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-45.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"durango/codigo-penal","numero":"41","epigrafe":"De la reparación del daño","url":"https://articuladomx.com/estados/durango/codigo-penal/articulo-41/"},{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"42","epigrafe":"Alcance de la reparación del daño","url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-42/"},{"ley":"guerrero/codigo-penal","numero":"54","epigrafe":"Reparación del daño","url":"https://articuladomx.com/estados/guerrero/codigo-penal/articulo-54/"},{"ley":"michoacan/codigo-penal","numero":"41","epigrafe":"Reparación del daño","url":"https://articuladomx.com/estados/michoacan/codigo-penal/articulo-41/"},{"ley":"chihuahua/codigo-penal","numero":"43","epigrafe":"De la reparación del daño","url":"https://articuladomx.com/estados/chihuahua/codigo-penal/articulo-43/"}]}},"cita":"Artículo 45, Código Penal de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-45/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}