{"ley":{"id":"yucatan/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Yucatán","abreviatura":"CPYUC","titulo":"Código Penal del Estado de Yucatán","jurisdiccion":"yucatan","materia":"penal","publicacion_original":"2000-03-30","ultima_reforma":"2026-07-28","ultima_reforma_fuente":"Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán","fuente":"H. Congreso del Estado de Yucatán — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresoyucatan.gob.mx/legislacion/codigos","archivo_url":"https://www.congresoyucatan.gob.mx/storage/legislacion/codigos/82f29302c52b8f05f225b761ebba41c0_2026-08-10.pdf","sha256":"f716df160478a6c504d4e4fe4ebd308ba4ffb717e3e15f688e7c5ffff4d4259a","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/","notas_verificacion":["78 encabezados de decreto de reforma ('DECRETO 624') impresos sin línea en blanco bajo las firmas del decreto anterior abren su propio grupo de transitorios.","15 notas de reforma de encabezados ('Título adicionado DO …', 'Capítulo adicionado DO …') se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","4 notas al pie de página ('* De conformidad en el Decreto 708 …') van en nota_reforma del artículo que lleva la marca '*' en esa página (arts. 1, 15); se omiten las repetidas.","4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «H. Congreso del Estado de Yucatán», «Secretaría General del Poder Legislativo», «Unidad de Servicios Técnico-Legislativos», «Última reforma …» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","El documento abre con el índice del código y el decreto de promulgación; el articulado empieza después del título del código impreso bajo «decreta:».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo adicionado DO …', 'Párrafo reformado DO …') se conservan literales como párrafo propio del artículo.","Rótulo con errata de la fuente que se lee como rótulo: 'Artículo 394.- Quater.' (se publica como 394 Quater)."]},"articulo":{"numero":"208","clave":"208","slug":"208","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS EN PARTICULAR","TÍTULO SÉPTIMO. DELITOS CONTRA LA MORAL PÚBLICA","CAPÍTULO II. Corrupción de Menores e Incapaces, Trata de Menores y Pornografía Infantil"],"texto":"Comete el delito de corrupción de menores e incapaces, quien induzca, procure, favorezca, facilite u obligue a una persona menor de dieciocho años de edad o a quien no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o que no tenga la capacidad para resistirlo, a realizar cualquiera de los siguientes actos:\n\nI.- Exhibicionismo corporal o actos sexuales simulados o no, con fines lascivos o sexuales;\n\nII.- Práctica de la prostitución y la mendicidad con fines de explotación;\n\nIII.- Consumo de bebidas alcohólicas, tabaco, drogas y sustancias tóxicas o narcóticos;\n\nFracción reformada D.O. 21-04-2023\n\nIV.- Comisión de hechos tipificados como delitos por este Código, o\n\nV.- Comisión de violencia física, sea ésta real o simulada.\n\nAl autor de este delito se le aplicarán de cinco a diez años de prisión y de cien a quinientos días-multa.\n\nLa misma pena se impondrá a quien realice cualquiera de las conductas descritas en las fracciones I y V de este artículo, en presencia de menores de dieciocho años o de personas que no tengan capacidad para comprender el hecho o que no tengan la capacidad para resistirlo.\n\nCuando de la práctica reiterada de los actos de corrupción, la persona menor de dieciocho años o persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho o capacidad para resistirlo, adquiera los hábitos de alcoholismo, tabaquismo, farmacodependencia, se dedique a la prostitución o a formar parte de una asociación delictuosa, la pena será de siete a doce años de prisión y de trescientos a quinientos días-multa.\n\nPárrafo reformado D.O. 21-04-2023\n\nNo se entenderá por corrupción de menores de dieciocho años, las actividades o los programas preventivos, educativos, deportivos o de cualquier naturaleza que diseñen e impartan las instituciones públicas, privadas o sociales, que tengan por objeto la educación sexual, la educación sobre la función reproductiva, el fomento al deporte, la prevención de enfermedades de transmisión sexual y el embarazo de adolescentes, siempre que estén aprobados por la autoridad competente.\n\nCuando no sea posible determinar con precisión la edad de la víctima, el juez solicitará los dictámenes periciales que correspondan.\n\nSi además de los delitos previstos en este Capítulo resultase cometido otro, se aplicarán las reglas de la acumulación.","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-208/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-208.md","que_significa":null,"citado_por":[{"ley":"yucatan/codigo-penal","numero":"13","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-13/"},{"ley":"yucatan/codigo-penal","numero":"16 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-16-bis/"},{"ley":"yucatan/codigo-penal","numero":"117","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-117/"}],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"cdmx/codigo-penal","numero":"189 Bis","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-penal/articulo-189-bis/"},{"ley":"tamaulipas/codigo-penal","numero":"192","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/tamaulipas/codigo-penal/articulo-192/"},{"ley":"puebla/codigo-penal","numero":"217","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/puebla/codigo-penal/articulo-217/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"204","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-204/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"201","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-201/"}]}},"cita":"Artículo 208, Código Penal de Yucatán (Yucatán). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-208/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}