{"ley":{"id":"yucatan/codigo-penal","nombre":"Código Penal de Yucatán","abreviatura":"CPYUC","titulo":"Código Penal del Estado de Yucatán","jurisdiccion":"yucatan","materia":"penal","publicacion_original":"2000-03-30","ultima_reforma":"2026-07-28","ultima_reforma_fuente":"Diario Oficial del Gobierno del Estado de Yucatán","fuente":"H. Congreso del Estado de Yucatán — Legislación (Códigos)","fuente_url":"https://www.congresoyucatan.gob.mx/legislacion/codigos","archivo_url":"https://www.congresoyucatan.gob.mx/storage/legislacion/codigos/82f29302c52b8f05f225b761ebba41c0_2026-08-10.pdf","sha256":"f716df160478a6c504d4e4fe4ebd308ba4ffb717e3e15f688e7c5ffff4d4259a","descargado":"2026-10-18","url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/","notas_verificacion":["78 encabezados de decreto de reforma ('DECRETO 624') impresos sin línea en blanco bajo las firmas del decreto anterior abren su propio grupo de transitorios.","15 notas de reforma de encabezados ('Título adicionado DO …', 'Capítulo adicionado DO …') se omiten: son del encabezado, no de un artículo.","4 notas al pie de página ('* De conformidad en el Decreto 708 …') van en nota_reforma del artículo que lleva la marca '*' en esa página (arts. 1, 15); se omiten las repetidas.","4 encabezados con letras espaciadas ('L I B R O P R I M E R O') se leen sin los espacios.","Texto tomado del PDF oficial del Congreso (lista de Códigos); un párrafo = un bloque separado por línea en blanco. Se quita el encabezado repetido de cada página (nombre del código, «H. Congreso del Estado de Yucatán», «Secretaría General del Poder Legislativo», «Unidad de Servicios Técnico-Legislativos», «Última reforma …» y número de página). Un párrafo cortado por el salto de página se une.","El documento abre con el índice del código y el decreto de promulgación; el articulado empieza después del título del código impreso bajo «decreta:».","Las notas de reforma que la fuente imprime después del texto ('Artículo adicionado DO …', 'Párrafo reformado DO …') se conservan literales como párrafo propio del artículo.","Rótulo con errata de la fuente que se lee como rótulo: 'Artículo 394.- Quater.' (se publica como 394 Quater)."]},"articulo":{"numero":"325","clave":"325","slug":"325","epigrafe":null,"estado":"vigente","ubicacion":["LIBRO SEGUNDO. DE LOS DELITOS EN PARTICULAR","TÍTULO DECIMONOVENO. DELITOS CONTRA EL PATRIMONIO","CAPÍTULO III. Fraude"],"texto":"El delito de fraude se sancionará de acuerdo con las siguientes reglas:\n\nI.- Cuando el valor de lo defraudado no exceda de cien unidades de medida y actualización, se impondrá de seis meses a un año seis meses de prisión o de cuarenta a cien días-multa y de cuarenta a cien días de trabajo en favor de la comunidad;\n\nII.- Se deroga.\n\nIII.- Con prisión de un año seis meses a cinco años y de cien a doscientos días-multa, cuando el valor de lo defraudado excediere de cien, pero no de seiscientas unidades de medida y actualización;\n\nIV.- Con prisión de cinco a diez años y de doscientos a quinientos días-multa, si el valor de lo defraudado fuere mayor de seiscientas unidades de medida y actualización;\n\nFracción reformada DO 27-08-2018\n\nV.- La reparación del daño proveniente de la fracción XVIII del Artículo 324 de este Código, será regulado en la sentencia de gradación del concurso;\n\nFracción reformada DO 09-06-2020\n\nVI.- La conducta prevista en la fracción XXIII del artículo 324, se sancionará por su gravedad, con prisión de cuatro a ocho años y de quinientos a mil días multa si el valor de lo defraudado fuera mayor de seiscientas unidades de medida y actualización;\n\nFracción reformada DO 09-06-2020, 28-07-2026\n\nVII.- Cuando la simulación prevista en la fracción XVII del artículo 324 se hiciera con la intención de afectar las resoluciones provisionales o definitivas de la autoridad competente en materia de pensión de alimentos a las personas contempladas en el artículo 220 de este código se duplicará la sanción, independientemente de las que pudieran resultar por la comisión de cualquier otro delito.\n\nPara estimar la cuantía del fraude se atenderá únicamente al valor intrínseco de la cosa, si éste no pudiere determinarse o si por la naturaleza de ésta no fuere estimable en dinero, se aplicarán de tres meses a ocho años de prisión y de diez a cien días-multa, y\n\nFracción adicionada DO 09-06-2020, reformada DO 28-07-2026\n\nVIlI. - Cuando el fraude se cometa mediante el uso de software de inteligencia artificial para suplantar la identidad de una persona, falsificar documentos o generar contenido engañoso con el fin de obtener un beneficio indebido, la pena se aumentará en una mitad respecto de la que correspondería según el monto de lo defraudado.\n\nFracción adicionada DO 28-07-2026","nota":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-325/","markdown":"https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-325.md","que_significa":null,"citado_por":[],"relacionados":{"titulo":"Artículos relacionados","articulos":[{"ley":"chiapas/codigo-penal","numero":"303","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/chiapas/codigo-penal/articulo-303/"},{"ley":"estado-de-mexico/codigo-penal","numero":"307","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/estado-de-mexico/codigo-penal/articulo-307/"},{"ley":"jalisco/codigo-penal","numero":"251","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/jalisco/codigo-penal/articulo-251/"},{"ley":"codigo-penal-federal","numero":"386","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/codigo-penal-federal/articulo-386/"},{"ley":"oaxaca/codigo-penal","numero":"380","epigrafe":null,"url":"https://articuladomx.com/estados/oaxaca/codigo-penal/articulo-380/"}]}},"cita":"Artículo 325, Código Penal de Yucatán (Yucatán). Texto vigente, última reforma 28 jul 2026. https://articuladomx.com/estados/yucatan/codigo-penal/articulo-325/","licencia":{"text":"Los textos legislativos no son objeto de protección como derecho de autor (Ley Federal del Derecho de Autor, art. 14, fracción VIII).","data":"Estructura, metadatos y API de Articulado: CC BY 4.0 (https://creativecommons.org/licenses/by/4.0/deed.es). Atribución: «Articulado, articuladomx.com» con enlace a la URL canónica del artículo.","disclaimer":"Articulado no es asesoría legal. Articulado no está afiliado a ningún gobierno ni a ninguna entidad pública. Verifica siempre con la publicación oficial en el Diario Oficial de la Federación o el periódico oficial del estado."}}